Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro315833
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si un quejoso no consintió tácitamente el acto reclamado, en virtud de que desde la diligencia de deslinde se opuso y mostró su inconformidad, debe decirse que tales manifestaciones no invalidan el consentimiento tácito de que habla la fracción II del artículo 73 de la expresada Ley de Amparo, puesto que el referido precepto legal entiende por consentimiento tácito cuando no se promueva el juicio de garantías dentro del término señalado por el artículo 21 de la Ley de Amparo.

Amparo en revisión 4559/56. E.S.P.. 21 de enero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: J.R.P.C..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR