Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro320525
MateriaComún
EmisorSegunda Sala

El auto que admite la demanda para que se abra el juicio, no es reclamable en la vía de amparo, porque no tiene carácter definitivo, dentro del procedimiento, ya que la única situación de imposible reparación que crea, es la de que se abra el juicio y con ello, no se causa perjuicio alguno de orden patrimonial o relativo a la condición jurídica de las personas.

Amparo administrativo en revisión 7425/47. G.M.C. de la. 28 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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