Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Abril de 2008 (Tesis num. 1a./J. 4/2008 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-04-2008 (Contradicción de Tesis))

Número de registro169912
Número de resolución1a./J. 4/2008
Fecha de publicación01 Abril 2008
Fecha01 Abril 2008
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Abril de 2008; Pág. 121
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis

Los artículos 940 y 953 de los Códigos Civiles para el Distrito Federal y del Estado de Aguascalientes, respectivamente, prevén dos acciones diferentes: a) la de disolución de la copropiedad y b) la de la venta de la cosa en condominio. Ahora bien, el objeto de la primera es variable, según la naturaleza del bien común, es decir, si éste puede dividirse y su división no es incómoda, a través de ella la cosa puede dividirse materialmente entre los copropietarios para que en lo sucesivo pertenezca a cada uno en lo exclusivo una porción determinada, y si el bien no puede dividirse o su división es incómoda, la acción tiene por efecto enajenarlo y dividir su precio entre los interesados. Así, la acción de división del bien común procede con la sola manifestación de voluntad de uno de los copropietarios de no continuar en la indivisión del bien, así como que se acredite la existencia de la copropiedad, toda vez que nadie está obligado a permanecer en la indivisión. Por tanto, es innecesario que el actor demuestre la actualización de las causas previstas en los artículos mencionados, es decir, que el dominio no es divisible o que la cosa no admite cómoda división, y que los codueños no han convenido en que sea adjudicada a alguno de ellos, pues al tratarse de hechos de carácter negativo, atendiendo al principio general de la carga de la prueba contenido en los artículos 282, fracción I, y 236, fracción I, de los Códigos de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y del Estado de Aguascalientes, respectivamente, conforme al cual el que niega sólo está obligado a probar cuando la negación envuelva la afirmación expresa de un hecho, a quien ejercite la acción mencionada no le corresponde acreditarlos, sino que compete a los demandados demostrar lo contrario.

Contradicción de tesis 57/2007-PS. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 28 de noviembre de 2007. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.N.S.M.. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: R.A.L..


Tesis de jurisprudencia 4/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha cinco de diciembre de dos mil siete.


Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex
201 sentencias
  • Sentencia N° 708-2016 de la Sala 7, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2016
    • México
    • February 10, 2017
    ...DE LA DIVISIÓN 10 Novena Época, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXVII, Abril de 2008, Materia(s): Civil, Tesis: 1a./J. 4/2008, Página: 121, Registro digital: TOCA 708/2016 45 MATERIAL DEL BIEN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO). Una nueva deliberación sobre el tema de......
  • Sentencia N° 308-2013 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2013
    • México
    • January 20, 2014
    ...Primera Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XXVII, Abril de 2008 Materia(s): Civil Tesis: 1a./J. 4/2008 Página: COPROPIEDAD. PARA QUE PROCEDA LA ACCIÓN DE SU DISOLUCIÓN ES SUFICIENTE ACREDITAR SU EXISTENCIA Y LA MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DE UNO D......
  • Sentencia N° 518-2024 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2024
    • México
    • November 8, 2024
    ...EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 14 Registro digital: 169912, Instancia: Primera Sala, Novena Época, Materias(s): Civil, Tesis: 1a./J. 4/2008, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXVII, Abril de 2008, página 121, Tipo: Jurisprudencia, COPROPIEDAD. PARA QUE PROCEDA LA ......
  • Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
    • México
    • Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
    • December 31, 2017
    ...toda vez que nadie se encuentra obligado a permanecer en la indivisión. Es aplicable al respecto, en lo conducente, la jurisprudencia 1a./J. 4/2008, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,(8) que es del tenor "COPROPIEDAD. PARA QUE PROCEDA LA ACCIÓN DE SU DISOLUCIÓN......
  • Comienza Gratis
13 artículos doctrinales
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. VII-P-2aS-57
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. II-6 (Séptima Época), Enero 2012
    • January 1, 2012
    ...de la conducta que pretende sancionarse ...”, según lo ha definido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 4/2008, sustentada por su Primera Sala, o las sanciones económicas que en su imposición consideran un elemento ajeno a la conducta a sancionar, según se ......
  • Comercio Exterior. VII-P-1aS-645
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. III-25, Agosto 2013
    • August 1, 2013
    ...conducta que pretende sancionar. Al respecto, ya se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia número 1a./J. 4/2008, sustentada por su Primera Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXVII, de Abril de 2008, página 197,......
  • General. VII-P-2aS-216
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. II-15 (Séptima Época), Octubre 2012
    • October 1, 2012
    ...levedad de la conducta que pretende sancionarse...”, según lo ha definido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 4/2008, sustentada por su Primera Sala, o las sanciones económicas que en su imposición consideran un elemento ajeno a la conducta a sancionar, se......
  • Tratado de Libre Comercio de América del Norte. VII-P-1aS-549
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. III-22, Mayo 2013
    • May 1, 2013
    ...o levedad de la conducta que pretende sancionarse…”, según lo ha definido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 4/2008, sustentada por su Primera Sala, o las sanciones económicas que en su imposición consideran un elemento ajeno a la conducta a sancionar, se......
  • Comienza Gratis

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR