Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro812495
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Para ser punible un juego con apuestas, debe realizarse en domicilio particular, en forma ocasional, por pasatiempo o diversión y entre otras personas de la familia o con personas de trato cercano con el dueño o morador, según lo prescribe el precepto 15 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos; de ahí que si el acusado como dueño, aduce implícitamente la anterior excusa absolutoria, sin demostrar sus extremos, no se le conculcan garantía si el juzgador al condenarlo, tácitamente lo desechó.

Amparo directo 3792/62. R.V.C.. 15 de julio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.M.A.. Secretario: R.M. de Oca.


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