Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Agosto de 1992 (Tesis num. 1a. XIII/92 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-1992 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XIII/92 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 1992 |
Fecha | 01 Agosto 1992 |
Número de registro | 206158 |
Localizador | 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; X, Agosto de 1992; Pág. 18 |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
Emisor | Primera Sala |
Conforme a lo que prevé el artículo 80 de la Ley de Amparo, cuando el acto reclamado es de carácter positivo, los efectos de la sentencia que concede la protección constitucional son los de restituir al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de que ocurriera la violación. Consecuentemente, si el amparo se concede ante la ausencia de fundamentación y de motivación de una orden administrativa que se emite de manera autónoma, es decir, sin atender a ninguna gestión, para su cumplimiento basta con que ese acto se deje sin efectos, pues tal era el estado que guardaban las cosas antes de que se cometiera la precisada violación constitucional.
Incidente de inconformidad 28/92. Fuegos Artificiales de México, S. A. de C.V. 6 de julio de 1992. Unanimidad de cinco votos. Ponente: S.A.L.. Secretaria: I.R.O..
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...purgado los vicios respectivos, que es lo que se denomina ‘amparo para efectos’. Aplica a lo anterior, el criterio contenido en la tesis 1a. XIII/92, de la Octava Época, Primera Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo X, agosto de 1992, página 18, de rubro y texto si......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-03-2008 ( INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 58/2008 )
...fundada y motivada, esto es, en su acepción amplia que lo es la debida fundamentación y motivación. --- Al respecto, es aplicable la tesis 1a. XIII/92 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 18 del tomo X, agosto de 1992, Octava Época del Semana......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-11-2020 (INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DERIVADO DE DENUNCIA DE REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO 6/2020)
...los efectos precisados en el inciso a) del noveno considerando de la sentencia recurrida, en apoyo a tal consideración invocó la tesis 1a. XIII/92 de rubro: "SENTENCIA, TRATANDOSE DE UN ACTO ADMINISTRATIVO QUE SE EMITE DE MANERA AUTONOMA, SI SE CONCEDE EL AMPARO POR FALTA DE FUNDAMENTACION ......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...purgado los vicios respectivos, que es lo que se denomina "amparo para efectos". Aplica a lo anterior, el criterio contenido en la tesis 1a. XIII/92, de la Octava Época, Primera Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo X, agosto de 1992, página 18, de rubro y texto "S......