Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 1998 (Tesis num. 1a. XXIV/98 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-1998 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XXIV/98 |
Fecha de publicación | 01 Junio 1998 |
Fecha | 01 Junio 1998 |
Número de registro | 196080 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VII, Junio de 1998; Pág. 53 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Común,Administrativa |
Para que se actualice la omisión en que incurre una autoridad debe existir previamente la obligación correlativa, conforme lo dispongan las normas legales; por tanto, un acto omisivo atribuido a la autoridad, como puede ser que el presidente de la República, no haya sancionado un acuerdo expedido por un secretario de Estado, independientemente de las afirmaciones de la quejosa y las manifestaciones de la responsable, será cierto o inexistente, en función de las obligaciones y facultades constitucionales que ineludiblemente está constreñida a realizar, sea en vía de consecuencia de un acto jurídico previo que lo origine, o bien, en forma aislada y espontánea sin que tenga como presupuesto una condición; y no simplemente por el solo hecho de incurrir en la omisión por sí misma con criterios subjetivos. En estas circunstancias, para estar en aptitud de precisar la certeza o falsedad de un acto de naturaleza omisiva cuando se le imputa a determinada autoridad, debe acudirse en principio a las normas legales que prevén su competencia para verificar si en realidad está obligada a realizar esa conducta, es decir, antes de pronunciarse sobre una posible omisión es necesario identificar si existe obligación jurídica de actuar en la forma que la quejosa indica, porque de no ser así se llegaría a la conclusión errónea de que cualquier omisión reclamada fuera cierta soslayando la exigencia objetiva de que se debe obrar en determinado sentido, que después de todo puede servir como referencia para iniciar el análisis de certeza de actos.
Amparo en revisión 1241/97. Super Car Puebla, S.A. de C.V. 25 de marzo de 1998. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretario: J.C.Z..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-11-2022 (AMPARO EN REVISIÓN 178/2022)
...para los contribuyentes que formen parte de un grupo como el que dispone la norma impugnada. Apoyó su determinación en la tesis aislada 1a. XXIV/98, de rubro: “ACTOS DE NATURALEZA OMISIVA. PARA ESTAR EN APTITUD DE PRECISAR SU CERTEZA O FALSEDAD, DEBE ACUDIRSE EN PRINCIPIO A LAS NORMAS LEGAL......
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Sentencia con número de expediente 533/2022. Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Sonora, 2022-06-08
...siguientes al Gobernador del Estado, para los efectos de la sanción correspondiente.” 6 Sirven de apoyo las tesis 1a. XVII/2018 (10a.) y 1a. XXIV/98, consultables en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, que a continuación se “CONCEPTO DE OMISIÓN COMO ACTOS DE AUTORIDAD. Desde......
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Sentencia con número de expediente 837/2022. Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Sonora, 2022-08-30
...siguientes al Gobernador del Estado, para los efectos de la sanción correspondiente.” 6 Sirven de apoyo las tesis 1a. XVII/2018 (10a.) y 1a. XXIV/98, consultables en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, que a continuación se “CONCEPTO DE OMISIÓN COMO ACTOS DE AUTORIDAD. Desde......
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Sentencia con número de expediente 892/2022. Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-09-23
...sentido, que después de todo puede servir como referencia para iniciar el análisis de certeza de actos. Esto lo adujo en la tesis 1a. XXIV/98, de la Novena Época, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo VII, Junio de consultable en la página 53, con rubro: ACTO......
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Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-235
...Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo VII, junio de 1998. Materia(s): Común, Administrativa. Tesis: 1a. XXIV/98. Página: 53] Cabe también la cita de las siguientes tesis del Poder Judicial Federal: “ACTOS RECLAMADOS DE NATURALEZA OMISIVA. SU ACREDITAMIENTO Q......