Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro305417
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Conforme a los artículos 110 y 111 del Código Penal del Distrito, aunque la prescripción de las acciones se interrumpe por las actuaciones que se practiquen en averiguación del delito y de los delincuentes, esta regla general no comprende el caso en que las diligencias se practiquen después de que haya transcurrido la cuarta parte del término de la prescripción, porque entonces ésta no se podrá interrumpir sino por la aprehensión del acusado.

Amparo penal en revisión 6166/44. G.R.P.. 9 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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