Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro310032
EmisorPrimera Sala
MateriaAdministrativa

Si la ley otorga al fisco federal el recurso de revisión para cuando el Tribunal de Segunda Instancia desecha el recurso de súplica, es indudable que como la revisión no es un recurso ilusorio, contra su rechazamiento por el inferior, forzosamente procede la queja ante la Suprema Corte de Justicia, ya que, de otra suerte, quedaría al arbitrio del inferior el que se tramitara o no, esa revisión, sin que pudiera la Suprema Corte de Justicia ejercitar la facultad que le concede el artículo 67 de la Ley de Amparo anterior a la vigente.

Tomo LIX, página 3826. I.A.. Queja 319/38. Agente del Ministerio Público Federal. 14 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LIX, página 3826. I.A.. Queja 317/38. Agente del Ministerio Público Federal. 14 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LIX, página 3826. I.A.. Queja 239/38. Agente del Ministerio Público Federal. 14 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LIX, página 1723. Queja en amparo civil 186/38. Ministerio Público Federal. 14 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR