Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro310410
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El acuerdo que fijó el salario mínimo para los trabajadores de la ciudad y del campo, en el Distrito Federal, vigente en 1936, ordenó, en sus artículos 1o. y 2o., que dicho salario es la cantidad de dos pesos, para los trabajadores de las distintas Delegaciones del Distrito Federal y de la Ciudad de México; y que el salario mínimo será de un peso treinta centavos, para los trabajadores del campo, a quienes sus patronos proporcionan habitación, cultivo, corte de caña y condiciones análogas, que disminuyan el costo de la vida. Ahora bien, si el sentenciador estima que debe pagarse una indemnización por concepto de responsabilidad civil, proveniente del delito, tomando como base el salario mínimo fijado para el Distrito Federal y fija como tal una suma menor de la prevenida por los citados artículos del acuerdo de referencia, debe concederse el amparo para el efecto de que se tomó como base el repetido salario mínimo, fijado por el propio acuerdo.

Amparo penal directo 5922/37. G.A. y coagraviado. 14 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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