Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro311819
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El Código Penal del Distrito Federal de 1871, establece por cuales penas han de ser conmutables las de muerte, confinamiento y arresto, pero no la de prisión; y si el reo solicita la conmutación de esta pena, alegando su mal estado de salud, el caso quedaría comprendido en la fracción IV del artículo 242, en relación con la fracción II del 241, que establece que cuando por alguna circunstancia sea incompatible la pena, con la condición especial del condenado, entonces procederá que solicite su internación en el hospital correspondiente, a fin de que pueda ser atendido de sus enfermedades, pero no la conmutación de la pena.

Amparo penal en revisión 6132/34. P.N.F.. 21 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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