Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro312086
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si un delito se cometió durante la vigencia del Código Penal del Distrito Federal, de 1871, y el acusado solicita ser juzgado conforme al Código Penal que se puso en vigor el 15 de diciembre de 1929, y el Ministerio Público funda su pedimento en ese último código, y la sentencia aplica, para imponer la pena, el Código Penal de 1931, lo hace de una manera retroactiva, pues la pena aplicable es la que fija el código de 1929.

Amparo penal directo 1244/33. Barrio F.N. del. 19 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: R.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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