Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 64 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Controversia Constitucional))

Número de registro920159
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorPleno

Aunque los artículos 107, 108, 109 y 111 de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala, así como los diversos del 8o. al 27 de la Ley de Responsabilidades, Sanciones y Estímulos de los Servidores Públicos de la referida entidad, no prevén que en los procedimientos de responsabilidad seguidos a los integrantes de un Ayuntamiento se deba dar intervención a éste; tratándose de conductas atribuidas a su presidente municipal relacionadas con su función pública debe dársele la mencionada intervención, en virtud de que la resolución que se dicte en esos procedimientos tendente a sancionar a los munícipes, afecta la integración del Ayuntamiento, aspecto que se encuentra tutelado por los artículos 14 y 115, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Novena Época:


Controversia constitucional 9/2000.-Ayuntamiento del Municipio de Nativitas, Estado de Tlaxcala.-18 de junio de 2001.-Mayoría de diez votos.-Disidente: J. de J.G. Pelayo.-Ponente: O.S.C. de G.V.: P.A.N.M..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.X., julio de 2001, página 925, Pleno, tesis P./J. 85/2001; véase la ejecutoria y el voto en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., agosto de 2001, páginas 620 y 755, respectivamente.



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