Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Abril de 2001 (Tesis num. P./J. 40/2001 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-04-2001 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 189964 |
Número de resolución | P./J. 40/2001 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2001 |
Fecha | 01 Abril 2001 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XIII, Abril de 2001; Pág. 81 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
Cuando el quejoso no fue emplazado al juicio o fue citado en forma distinta de la prevenida por la ley, lo que le ocasionó el desconocimiento total del juicio, se le equipara a una persona extraña a juicio, por lo que el conocimiento del amparo en estos supuestos, compete a un J. de Distrito y no a los Tribunales Colegiados de Circuito de conformidad con lo dispuesto por la fracción VII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por el artículo 114, fracción V, de la Ley de Amparo; toda vez que el quejoso, por medio del amparo indirecto, tiene la posibilidad de aportar ante el J., en la audiencia constitucional, las pruebas necesarias para demostrar la falta de emplazamiento o que el llamamiento que se le hizo al juicio se realizó en forma distinta a la prevista en la ley, siempre y cuando el quejoso haya promovido la demanda de amparo dentro del término que señalan los artículos 21 y 22 de la Ley de Amparo, pues ello no hace que pierda su calidad de tercero extraño al juicio, pues la violación cometida en su contra, la constituye precisamente esa falta de citación que lo hace desconocedor y, por ende, extraño al juicio seguido en su contra. Sin que tampoco sea obstáculo el que los artículos 158 y 159, fracción I, de la Ley de Amparo, establezcan como violación reclamable en amparo directo esa falta o ilegalidad del emplazamiento, ya que no es posible aplicar esos dispositivos legales cuando el quejoso es persona extraña al juicio por equiparación y de hacerlo, se le dejaría en estado de indefensión, porque no se le daría oportunidad de acreditar la irregularidad del emplazamiento.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 23/2000-PL. Entre las sustentadas por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y los Tribunales Colegiados, Segundo del Sexto Circuito y Primero del Décimo Circuito. 27 de febrero de 2001. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.V.C. y C.. Ponente: J.V.A.A.. Secretaria: M.Y.G.V..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de marzo en curso, aprobó, con el número 40/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintinueve de marzo de dos mil uno.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-05-2006 (AMPARO EN REVISIÓN 1990/2005)
...procedente contra ambos actos. Apoya la consideración que antecede, por los motivos que la informan, la jurisprudencia del Tribunal Pleno P./J. 40/2001, que es del tenor “EMPLAZAMIENTO. LA FALTA O ILEGALIDAD DEL MISMO SON IMPUGNABLES EN AMPARO INDIRECTO CUANDO EL QUEJOSO SE OSTENTA COMO PER......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-08-2017 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 83/2017)
...PARA DECIDIR LO CONDUCENTE (MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA P./J. 121/2005). (…)’ De igual forma, es aplicable la jurisprudencia P./J. 40/2001, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gace......
-
Sentencia con número de expediente 29/2023. Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, 2023-01-18
...de Amparo. Sirve de apoyo en la especie, la jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada con el número P./J 40/2001, en la página 81 del tomo XIII, abril de 2001, del Semanario Judicial de la Novena Época, que dice: “EMPLAZAMIENTO. LA FALTA O ILEGALIDAD D......
-
Sentencia con número de expediente 729/2023. Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, 2023-10-27
...de Amparo. Sirve de apoyo en la especie, la jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada con el número P./J 40/2001, en la página 81 del tomo XIII, abril de 2001, del Semanario Judicial de la Federación, Novena que dice: “EMPLAZAMIENTO. LA FALTA O ILEGALI......