Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Mayo de 2004 (Tesis num. P./J. 28/2004 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-05-2004 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro181509
Número de resoluciónP./J. 28/2004
Fecha de publicación01 Mayo 2004
Fecha01 Mayo 2004
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Mayo de 2004; Pág. 1159
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

Del artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Federal se advierte que tratándose del Distrito Federal, sólo los partidos políticos con registro nacional podrán participar en sus elecciones, conforme a las disposiciones que la Asamblea Legislativa expida para regular el proceso electoral y las referidas disposiciones deberán sujetarse a las bases contenidas en el Estatuto de Gobierno, el que a su vez debe tomar en cuenta los principios rectores previstos en los incisos del b) al i) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

PRECEDENTES:

Acción de inconstitucionalidad 5/2004 y su acumulada 7/2004. Partidos Políticos Convergencia y del Trabajo. 16 de marzo de 2004. Unanimidad de diez votos. Ausente: H.R.P.. Ponente: J.R.C.D.. Secretarios: P.A.N.M. y L.G.V..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de abril en curso, aprobó, con el número 28/2004, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintinueve de abril de dos mil cuatro.

4 sentencias

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