Tesis, (Tesis num. 1035 de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro393928
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Si un sindicato demanda la titularidad y administración del contrato colectivo de trabajo, el recuento por sí solo no constituye prueba plena para acreditar la acción intentada, toda vez que dicha probanza demuestra únicamente la simpatía de los votantes por uno u otro sindicato, en un momento determinado, pero no los diferentes extremos que deben probarse para acreditarse la filiación de los trabajadores al sindicato actor y la adquisición de la mayoría en que pretende fundar su derecho, tales como: que cuenta con un estatuto debidamente registrado en el que se establecen las condiciones para admitir miembros; que conforme a los términos de ese estatuto, los trabajadores de la empresa causarán alta como miembros del propio sindicato; que se comunicarán esas altas a la autoridad ante la que está registrado; y que ante ésta, obra lista con el número, nombre y domicilio de sus miembros, así como de los patrones, empresas o establecimientos en donde se prestan los servicios.

Séptima Epoca:


Amparo directo 5636/72. Unión Sindical de Trabajadores de las Fábricas de Aparatos y...

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