Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Marzo de 2014 (Tesis num. P./J. 11/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 14-03-2014 (Controversia Constitucional))

Número de registro2005877
Número de resoluciónP./J. 11/2014 (10a.)
Fecha01 Marzo 2014
Fecha de publicación01 Marzo 2014
Localizador [J]; 10a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo I; Pág. 217. P./J. 11/2014 (10a.).
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

Los indicados numerales se limitan a establecer la obligación de insertar determinadas cláusulas en los contratos de adhesión relacionados con la prestación del servicio de tiempo compartido y a registrarlos ante la Procuraduría Federal del Consumidor, a fin de evitar prácticas engañosas en perjuicio de los consumidores, lo cual es congruente con los artículos 28 y 73, fracciones X y XXIX-E, en relación con el 124, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a los cuales, corresponde a la Federación la tutela de los consumidores, siendo las Normas Oficiales Mexicanas un instrumento normativo instituido por el legislador en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en concordancia con la Ley Federal de Protección al Consumidor para lograr esa finalidad, las cuales tratándose de la materia regulada por este último ordenamiento legal deben contener las características y especificaciones que han de reunir los servicios o la prestación de servicios de forma generalizada para el consumidor, lo que incluye aspectos operacionales como las características de la información que ha de proporcionarse al consumidor y los elementos de información que debe contener el contrato de adhesión utilizado para formalizar las operaciones, así como la suma de los costos asociados a la operación. En ese tenor, los mencionados numerales no pugnan con la facultad de la Legislatura del Estado de Q.R. que le confieren los artículos 121 y 27 de la Constitución Federal, para legislar en materia contractual civil y de bienes inmuebles, y para imponer modalidades a la propiedad privada, ya que regulan la prestación del servicio de tiempo compartido, el cual consiste en poner a disposición de una persona o grupo de personas el uso, goce y demás derechos que se convengan sobre un bien o parte de éste, en una unidad variable dentro de una clase determinada, mediante el pago de alguna cantidad, sin que en el caso de inmuebles se transmita su dominio.

Controversia constitucional 34/2010. Estado de Q.R.. 29 de enero de 2013. Unanimidad de once votos de los Ministros A.G.O.M., J.R.C.D., M.B.L.R., J.F.F.G.S., A.Z.L. de L., J.M.P.R., L.M.A.M., S.A.V.H., O.S.C. de G.V., A.P.D. y J.N.S.M.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretaria: M.E.H.F..


El Tribunal Pleno, el veintisiete de febrero en curso, aprobó, con el número 11/2014 (10a.), la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintisiete de febrero de dos mil catorce.


Nota: Esta tesis jurisprudencial se refiere a las razones contenidas en la sentencia dictada en la controversia constitucional 34/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXV, Tomo 1, octubre de 2013, página 337.

Esta tesis se publicó el viernes 14 de marzo de 2014 a las 09:53 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del martes 18 de marzo de 2014, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
1 artículos doctrinales
  • Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-SS-476
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-48, Noviembre 2020
    • November 1, 2020
    ...para todos los Tribunales del país, según lo expuesto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia P./J. 11/2014 (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 5, Abril de 2014, Tomo I, página 204, que PRECEDENTE......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR