Competencia del Poder Judicial de la Federación en materia electoral. Algunas resoluciones judiciales en materia electoral siglos XIX y XX. (Segunda parte).

AutorManuel González Oropeza
CargoDoctor en Derecho, Magistrado de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Páginas263-298
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Competencia del Poder Judicia l de la Federación en materia electoral... pp. 263-298
Competencia del Poder Judicial de la Federación
en materia electoral
Algunas resoluciones judiciales en materia electoral siglos XIX y XX
(Segunda parte)
Manuel González Oropeza*
* Doctor en Derecho, Magis trado de Sala Super ior del Tribunal Electoral d el Poder Judicial de la Federación.
SUMARIO:
Introduccíon / La ju sticia contra la desaparición de auto ridades
municipales. / I. Casos r elevantes del estado de Veracruz (Papa ntla; Coatzintla;
Tempoal; Puerto de Veracru z; Alvarado; Tepetzintla; Altotonga; Ála mo, Temapache;
Nogales; Chicontepec) / II. Caso s de Campeche, Oaxaca y Aguasca lientes. /
Referencias documentales / Bibliografía
Esta segund a parte se ocupa de
seguir revis ando casos en los cuales
la justicia federal con oció y resolvió
asuntos en los cua les se discutían
derechos de natu raleza política
o electoral. La per tinencia de tal
revisión consiste en que se e nfatiza
el hecho de que esto ocur rió antes de
la existencia del Tribuna l Electoral
del Poder Judicial de la Federación,
lo cual marca el surg imiento de la
justicia electoral fede ral mexicana y
la superación de la no just iciabilidad
de las cuestiones polít icas. Se
revisan casos de los e stados de
Aguascalient es, Campeche, Oaxaca
y Veracruz, en el pe riodo 1935-1943.
This second par t continues to
review cases , in which federal
courts kne w and decided issues in
which political or elec toral rights
were discussed . The relevance of
this review is th at it emphasizes the
fact that this happe ned before the
existence of the Ele ctoral Tribunal
of Judicial Power of the Federat ion,
which marks the eme rgence of
Mexican Federal Elector al Justice
and the overcoming of the n on-
justiciabilit y of the political issues.
We review cases of the state s of
Aguascalientes, C ampeche, Oaxaca
and Veracruz, in the pe riod 1935-
1943.
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Sección Artículos de Investigación
264 alegatos, núm. 80, México, enero/abril de 2012
Introducción
La justicia contra la desaparición de autoridades municipales
Es el momento de presentar los cuatro casos relevantes del estado de Veracruz,
en donde varios ciudadanos de sus Ayuntamientos presentan curiosos juicios de
amparo contra las autoridades del Estado por violación a sus derechos políticos y
electorales en fecha tan temprana, como lo es 1936. Es de hacer notar que esos ciu-
dadanos demandan amparo contra las autoridades del Estado por deponerlos de sus
cargos y dictarles órdenes de aprehensión, cuando en la versión de las autoridades
en esos Ayuntamientos ya desempeñaban el cargo los representantes ganadores de
la contienda del mes de septiembre de 1935, lo cual fue declarado válido por la H.
legislatura del Estado en octubre de ese año.
Aunque el tema es similar, cada caso debe ser reseñado en lo individual.
I. Casos relevantes del estado de Veracruz
(Papantla; Coatzintla; Tempoal; Puerto de Veracruz; Alvarado;
Tepetzintla; Altotonga; Álamo, Temapache; Nogales; Chicontepec)
Papantla1
La Primera Sala de la Suprema Corte tuvo en revisión el incidente de suspensión
relativo al juicio de amparo promovido por Arturo Tremari, Francisco Barragán,
Alfonso Villanueva, Florencio Silva, Rodolfo Raga, Odilón Montero y Fidencio
Ramírez [...] contra actos del Gobernador y Legislatura del Estado de Veracruz,
Procurador General de Justicia del mismo, Agente del Minister io Público y Juez de
Primera Inst ancia de Papantla, Veracruz, Jefe de la Décimonovena Zona militar, Je-
fe del Sector Militar en Túxpam, Jefe de la partida M ilitar, Comandante de Policía y
Juez único Municipal de Papantla, Secretario de Gober nación, Secretaría de Guerra
y Marina, por violación de las garantías consagradas en los artículos catorce, dieci-
séis y veintiuno constitucionales.
Los demandantes, en un escrito del 2 de enero, solicitaron amparo de la justicia
federal, “con suspensión de los actos reclamados”, que en su opinión fueron:
a) Las órdenes de aprehensión en su contra que trataron de ejecutar las autorida-
des arriba señaladas,
1 Suprema Corte de Justicia d e la Nación (SCJN), Expediente: 506 431, Fondo: México, Serie: Vacío, Año:
1936, No. de expediente: 698, Mater ia: Vacío. Promovente: [Artur o Tremari y otros, c ontra actos del
Gobernado r y la H. Legislatura del Est ado de Veracruz].
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b) Los acuerdos que dictaron y trataron de ejecutar las autoridades citadas, para
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ra cobrar los impuestos municipales o autorizar a otras personas que no ejercen
autoridad para que los cobren”, “y en general, para impedirnos el ejercicio de las
funciones que nos competen conforme a la ley como miembros del Ayuntamiento
de este Municipio”,
c) Los acuerdos de las autoridades referidas por los cuales “administrativamente
y con auxilio de la fuerza pública municipal y federal, se nos deponga de los cargos
que desempeñamos como miembros del Ayuntamiento de este Municipio”,
d) Los actos que, piensan los quejosos, pueden estar “encaminados a atentar
contra nuestra vida”.
Además, al día siguiente los dichos quejosos ampliaron su demanda, “reclamando
de la H. Legislatura del Estado de Veracruz, la promulgación del Decreto por el cual
se reconocieron como válidas las elecciones municipales celebradas en septiembre
del año anterior (1935) y que dieron el triunfo a la planilla encabezada por Rómulo
Pardo y su aplicación por las demás autoridades señaladas como responsables”.
Por su parte, las autoridades señaladas en la demanda declararon lo siguiente:
1. El Gobernador, el Procurador General de Justicia del Estado de Veracruz,
Agente del Ministerio Público y Juez de Primera Instancia de Papantla, Jefe del
Sector Militar de Tuxpan y Secretario de Guerra y Marina, “negaron la existencia
de la totalidad de los actos a ellos atribuídos”.
2. El Secretario de Gobernación informó que los actos a él atribuidos no son
ciertos, pues sólo dirigió un “telegrama a la Secretaría de Guerra, solicitando diera
garantías a las planillas municipales reconocidas por la Legislatura de Veracruz
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3. El Jefe de la Décimo Novena Zona Militar fue in formado, a través de la Secre-
taría de Guerra, que Rómulo Pardo “debería tomar posesión del Ayuntamiento de
Papantla, pero que en virtud del acuerdo del Juzgado de Distrito, las fuerzas fede-
rales se limitaron a salvaguardar los intereses de la sociedad impartiendo garantías
en general”.
4. El Jefe de la Partida Militar de Papantla “informó que obedeciendo órdenes de
la superioridad impedía que los quejosos desempeñaran sus funciones”.
5. El Juez único negó que tratase de privar de su liberta d a los quejosos, “pero fué
omiso en los otros actos reclamados”.
6. La H. Legislatura del Estado “manifestó ser cierto el acto a ella atribuido que
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mando que la planilla cuya elección declaró legítima encabezada por Rómulo Pardo,
está funcionando normalmente, y negó la existencia de la orden de aprehensión y la
deposición de los quejosos”.
7. El Comandante de Policía de Papantla “informó ser ciertos los actos a él re-
clamados”.
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