Sobre cómo investigar crímenes

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14.
No hay una especial atención a grupos que han sido violentados por
el Estado, sea por acción y omisión de sus deberes de protección: por
ejemplo la violencia contra mujeres, migrantes, personas con discapacidad,
personas desaparecidas, líderes sociales. No se privilegia por ejemplo cómo
generar e impulsar investigaciones de redes macrocriminales de trata y tráfico
de personas, no hay investigaciones transnacionales en caso de secuestros por
desapariciones, y otros grupos puestos en especial situación de vulnerabilidad.
Además, a pesar de que vivimos el año más violento de homicidios, no está este
tipo de crimen como tal en sus ejes principales; tampoco la desaparición de
personas como tal a pesar de que hay en México más de 60 mil desaparecidos
y desaparecidas.
15. No se da cuenta de las nuevas herramientas ni metodologías que la
Fiscalía General de la República tiene a partir de la nueva Ley Orgánica
del 2018, ni cómo podrían utilizarse con claridad y efectividad para pasar de
la investigación por cada delito al desmantelamiento de bandas de redes de
criminalidad.
16.
Se insinúa que se seguirá trabajando a partir de datos de crímenes ocu-
rridos, en lugar de realizar como base permanente un análisis mucho
más integral y complejo del fenómeno criminal que les permita pasar del cri-
men en lo individual a las redes de macrocriminalidad nacional e internacional.
17.El manejo de los casos se propone a través sistema de gestión que has-
ta ahora se ha impulsado para los Estados (donde aplicaría más por el
27 PUNTOS CUESTIONABLES DEL PLAN DE PERSECUCIÓN PENAL DEL FISCAL GENERAL GERTZ MANERO PRESENTADO AL SENADO
SOBRE CÓMO
INVESTIGAR CRÍMENES
Foto: FJEDD

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