Procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional (dumping). Casos en que procede

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Introducción

La Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) es un área administrativa dependiente de la SE, encargada de llevar a cabo el procedimiento de investigación contra prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios o comúnmente conocido como dumping.

Este procedimiento se encuentra regulado por el Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VI del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio de 1994 (Acuerdo antidumping o AAD), así como por la Ley de Comercio Exterior (LCE) y el Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE).

En este sentido, la SE podrá iniciar un procedimiento administrativo de investigación por discriminación de precios "de oficio" cuando tenga pruebas suficientes de que existe discriminación de precios, o bien, se podrá presentar "a solicitud de parte" por quien demuestre que se está importando o se pretende importar mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional.

Al efecto, se comenta en qué casos se puede iniciar el procedimiento de investigación respecto a prácticas desleales de comercio internacional, con objeto de que los interesados en la materia tengan conocimiento sobre este tema.

Formas en las que se puede solicitar el inicio de una investigación en materia de prácticas desleales

El procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional se podrá iniciar de dos formas, a saber:

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Dónde se presenta la solicitud de inicio de una investigación en materia de prácticas desleales de comercio

La UPCI es la encargada de llevar a cabo las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.

Esta dependencia también tiene entre sus funciones otorgar asistencia técnica y jurídica a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones antidum-ping, antisubvención y sobre salvaguarda, que se llevan a cabo en otros países.

Dicha asesoría comprende el monitoreo, recepción y análisis de información relativa al procedimiento, celebración de reuniones con áreas técnicas de la UPCI y los exportadores mexicanos involucrados, a fin de establecer de manera conjunta una estrategia de defensa de sus intereses.

Esta unidad también brinda asistencia en la elaboración de la respuesta a los requerimientos de información formulados por las autoridades extranjeras, y la realización de un seguimiento sistemático y periódico de los casos.

La UPCI apoya técnica y jurídicamente a exportadores mexicanos, entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, en estas investigaciones.

Asimismo, se llevan a cabo visitas de reconocimiento en las plantas de las empresas involucradas en las investigaciones, con el fin de conocer su proceso de producción y de asesorarlos adecuadamente en su respuesta a los cuestionarios que les envíen durante la investigación, y se asiste durante las visitas de verificación que las autoridades...

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