La interpretación en el derecho: algunos de los principales debates

AutorAna L. Nettel Díaz
CargoDoctora en Derecho, Profesora Investigadora del Departamento de Derecho UAM-A
Páginas167-182
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La interpretación en el derecho:
algunos de los principales debates
Ana L. Nettel Díaz*
SU M A R I O : Introducción / I. La a utoridad del texto de la ley / II. La inten ción en la interpretación /
III. El problema de la clarid ad / IV. El objetivo de la inter pretación en el derecho / V. Los hechos y la
interpret ación jurídica / Bibliografía
Introducción
El objetivo de este artículo es hacer un recorrido de los principales debates plantea-
dos por la inter pretación en el derecho. Exponer una visión general que los recorra
todos es una tarea imposible en el espacio de un artículo; por ello se requiere una
delicada tarea de elección entre los múltiples aspectos de la cuestión. Recordemos
El principal propósit o de este artículo
es mostrar los pu ntos de vista
teóricos implícito s en las diferentes
concepciones de la int erpretación
jurídica. Para el lo examino los
problemas que considero claves en el
desarrollo de la i nterpretación jurídica
y que han sido recur rentemente
discutidos por las pr incipales corrientes
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The aim of this pape r is
to show the theoretic al
points of view implic it in
different conce ptions of
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the key problems of le gal
interpretati on put forward
by the main trend s in legal
philosophy.
* Doctora en Der echo, Profesora Investigado ra del Departament o de Derecho U A M -A
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Sección Doctrina
168 alegatos, núm. 74, México, enero/abril de 2010
que el tema de la interpretación ha sido, sin lugar a dudas, uno de los problemas
centrales del derecho. Así, una revisión exhaustiva tendría que comprender toda la
historia del derecho. Sin embargo, hacer un análisis de los principales temas puede
ser de gran utilidad. Por ello, en lo que sigue, me centraré en los temas que considero
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derecho respecto de la interpretación jurídica.
Debido a que el derecho es una práctica social autoritativa, ha de ser aplicado
por personas que gozan de una competencia par ticular, es decir, autorizadas para
decidir, en última instancia, si el derecho regula de cierta forma un caso en cuestión.
En consecuencia, se plantean dos puntos de vista: ¿qué hacen y qué han de hacer
las autoridades competentes cuando aplican el derecho? Son cinco las distintas po-
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del debate:
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fraseando a Barthes, podríamos llamar a esta circunstancia el grado cero de
la interpretación.1
2. El texto de la ley no siempre es claro; cuando no lo es, la autoridad competente
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nental europea, entre otros, por los miembros de la Escuela de la Exégesis; en
esa corriente hay que mencionar a Gény y a Bonnecase.2
3. No hay ley anterior a la inter pretación. La ley es lo que los intérpretes dicen
que es; en otras palabras, la ley es aquello que los intér pretes deciden, no
el texto escrito. Esta es la posición de los realistas, tanto americanos3 como
escandinavos.4 Hoy en día, diversas corrientes se consideran sus herederos.
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las corrientes posmodernistas, ya sea neopragmatistas como S. Fish6 o post-
1
V. R. Bar thes, Le Degré zéro de l’ écriture  passim.
2
F. Gény, Méthode d ’interprétati on et sources en droit privé p ositif, A. Chevalier-Ma resq et Cie., Parí s,
L G D J   L’Ecole de l’exégèse en d roit civil, 2ª. ed., E. de Boccard,
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3
V. O.W. Holmes Jr., “The Path of the Law”, Harvard L .RLa w and the Modern Mind,
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Responding to D ean Pound”, Harvard L. Rev
4
A. Ross, On Law a nd Justice, 
5
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6
S. Fish, “Inter preting the VARIORUM”, en Is There a Text in this Class? The Authority of Inter pretative
Communities  
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