Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que el Juez Primero de Distrito en el Estado de Tabasco, mediante sentencia interlocutoria dictada en el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo número 1571/2009-I-1, le concedió la suspensión definitiva a la empresa ACC Ingeniería y Servicios Especializados, S.A. de C.V., en contra de la sanción de inhabilitación por el plazo de cinco meses impuesta a través de la resolución de fecha 28 de octubre de 2009

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Area de Responsabilidades. CIRCULAR OIC-PEP-AR-18.575.0001/2010

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE EL JUEZ PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, MEDIANTE SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE FECHA 21 DE DICIEMBRE DE 2009, DICTADA EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION RELATIVO AL JUICIO AMPARO NUMERO 1571/2009-I-1, LE CONCEDIO LA SUSPENSION DEFINITIVA A LA EMPRESA ACC INGENIERIA Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS, S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA SANCION DE INHABILITACION POR EL PLAZO DE CINCO MESES IMPUESTA A TRAVES DE LA RESOLUCION DE FECHA 28 DE OCTUBRE DE 2009, POR ESTA AREA DE RESPONSABILIDADES EN EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CI-S-PEP-0016/2005.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia interlocutoria de fecha 21 de diciembre de 2009, dictado por el Juez Primero de Distrito en el Estado de Tabasco, en el incidente de suspensión relativo al juicio amparo número 1571/2009-I-1 promovido por el C. Celestino Aguirre Aguilar, en su carácter de representante de la empresa ACC Ingeniería y Servicios Especializados, S.A. de C.V., en el que en su parte conducente acordó lo siguiente: "En esa tesitura, en virtud de que la parte quejosa reclama en la presente vía constitucional, la notificación de ... la resolución administrativa de sanción de veintiocho de octubre citado, dictada en el expediente CI-S-SEP-0016/2005, en la que se inhabilitó por el plazo de cinco meses a la aquí quejosa ACC Ingeniería y Servicios Especializados, Sociedad Anónima de Capital Variable, para participar...

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