El salario integrado para el IMSS no debe utilizarse como base para efectos de indemnizaciones laborales

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Soy el jefe de recursos humanos de una empresa dedicada a la compraventa de ropa.

En fechas recientes se decidió liquidar a uno de los empleados. Debido a que se trata de un despido sin justificación legal, además del finiquito correspondiente y la prima de antigüedad, realicé el cálculo de la indemnización.

Tengo entendido que la Ley Federal del Trabajo (LFT) determina que las indemnizaciones deben pagarse con salario integrado, por lo que se consideró como base el último salario integrado que fue reportado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). No obstante, el trabajador no quiso aceptar el pago pues señaló que era muy bajo, en comparación con los ingresos que percibe ordinariamente.

Por ello, deseo saber si la base que consideré para el cálculo de la indemnización es correcta.

Lector de Topolobampo, Sonora

Pregunta

¿Para efectos de pago de indemnizaciones, es correcto considerar el salario integrado para el IMSS?

Respuesta

No, pues la LFT establece en su artículo 89 que las indemnizaciones laborales deberán calcularse considerando como base el salario integrado; sin embargo, se hace referencia a que se incluirá el salario cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones consignadas en el artículo 84 de la misma ley.

De esta manera, el mencionado artículo 84 de la LFT señala que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al empleado por su actividad.

Aun cuando en primera instancia se tiene que dicho concepto de salario integrado es el mismo que determina la Ley del Seguro Social (LSS), en el artículo 5o.-A, fracción XVIII, debe tenerse en cuenta que para...

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