Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro, que aprueba el catálogo de cuentas y formatos al que deberá sujetarse la contabilidad de los partidos y asociaciones políticas durante el ejercicio fiscal 2013.

Pág. 19250 PERIÓDICO OFICIAL 28 de diciembre de 2012
INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, QUE APRUEBA EL
CATÁLOGO DE CUENTAS Y FORMATOS AL QUE DEBERÁ SUJETARSE LA CONTABILIDAD DE LOS
PARTIDOS Y ASOCIACIONES POLÍTICAS DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2013.
ANTECEDENTES:
I. Vigencia del Catálogo de Cuentas y Formatos para la Contabilidad de los Partidos Políticos durante el
ejercicio fiscal 2012. Por Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro aprobado en sesión
ordinaria de fecha 09 de diciembre de 2011, se expidió el Catálogo de Cuentas y Formatos para la Contabilidad
de los Partidos y Asociaciones Políticas durante el ejercicio fiscal 2012.
II. Conocimiento por parte de la Comisión de Organización Electoral, del Catálogo de Cuentas y
Formatos para la Contabilidad de los Partidos y Asociaciones Políticas durante el ejercicio fiscal 2013.
Con fecha cuatro de diciembre de dos mil doce en sesión de la Comisión de Organización Electoral, se llevó a
cabo la revisión del Catálogo de Cuentas y Formatos para la Contabilidad de los Partidos y Asociaciones
Políticas durante el ejercicio fiscal 2013.
III. Remisión del Catálogo de Cuentas y Formatos a la Secretaría Ejecutiva. Mediante oficio número
DG/1582/12 de fecha cinco de diciembre del año que transcurre, el Director General del Instituto Electoral de
Querétaro, remitió a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, el Catálogo de Cuentas y Formatos al que
deberá sujetarse la contabilidad de los Partidos y Asociaciones Políticas durante el ejercicio fiscal 2013, a efecto
de someterlo a consideración y aprobación, en su caso.
CONSIDERANDOS:
Primero. Competencia. El artículo 116, fracción IV, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, dispone que las constituciones y las leyes de los estados deben regular los procedimientos para el
control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten los partidos políticos.
De acuerdo a lo ordenado por la constitución federal, en primer término tenemos que la Ley Electoral del Estado
de Querétaro, en su artículo 60 establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección del
Instituto Electoral de Querétaro, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y
legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, equidad,
imparcialidad, objetividad e independencia rijan todas las actividades de los órganos electorales.
Por su parte, y como una de las atribuciones conferidas al máximo órgano de dirección como autoridad
administrativa electoral, tenemos la mencionada en el numeral 43, fracción III, inciso a) de la norma sustantiva
de la materia, que dispone literalmente: “En el mes de diciembre de cada año, el Consejo General aprobará el
Catálogo de Cuentas y Formatos que permita reflejar, de manera suficiente y clara, la situación financiera del
partido o asociación política para el ejercicio próximo”.
En tal virtud, la competencia no sólo se deriva del reconocimiento que como autoridad en la materia tiene el
Instituto Electoral de Querétaro, sino de la temporalidad en que debe expedirse el catálogo de referencia.
Segundo. Materia del Acuerdo. El presente acuerdo tiene como finalidad que este órgano máximo de
dirección dé cabal cumplimiento a lo que dispone el numeral 43, fracción III, inciso a) de la Ley Electoral del
Estado de Querétaro, expidiendo al efecto, el instrumento que permita reflejar de manera suficiente y clara, la
situación financiera de los Partidos y Asociaciones Políticas. Lo anterior en cumplimiento a la obligación
constitucional de vigilar el origen, monto y destino de los recursos que manejen las instituciones políticas con
representación en la entidad de Querétaro.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR