Del Instituto Federal de Defensoría Pública

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas1063-1069
Supervisión de servicios que realicen los prestadores de servi-
cio social
22.- Los servicios que se realicen por prestadores de servicio social
en todo momento estarán supervisados por un defensor público o ase-
sor jurídico.
LFDP-DISPOSICIONES GENERALES
TITULO II
Del Instituto Federal de Defensoría Pública
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Integración del Instituto Federal de Defensoría Pública
23.- El Instituto Federal de Defensoría Pública contará con una junta
directiva, un director general y las unidades administrativas y personal
técnico que para el adecuado desempeño de sus funciones se determi-
nenenelpresupuesto.
Designación de personal por unidad, tribunal o juzgado
24.- El Instituto Federal de Defensoría Pública designará por cada
unidad investigadora del Ministerio Público de la Federación, tribunal
de circuito y por cada juzgado federal que conozca de materia penal,
cuandomenos a un defensor público y al personal deauxilio necesario.
Elementos que se deberán proporcionar para la actuación de de-
fensores y asesores
25.- Las unidades investigadoras del Ministerio Público de la Federa-
ción, los juzgados y tribunales del Poder Judicial Federal deberán pro-
porcionar en sus locales, ubicación física apropiada y suficiente para la
actuación de los defensores públicos y asesores jurídicos.
Promoción de acuerdos para coadyuvar con los objetivos de
esta ley
26.- Parael adecuado cumplimiento de sus funciones, el Instituto Fe-
deral de Defensoría Pública promoverá la celebración de convenios de
coordinacióncon todos aquéllos que puedan coadyuvar en la consecu-
ción de los fines de esta ley.
LFDP-DE LA JUNTA DIRECTIVA
CAPITULO II
De la Junta Directiva
Integración de la junta directiva
27.- La junta directiva estará integrada por el director general del
Instituto Federalde Defensoría P ública,quien la presidirá y por seis pro-
fesionalesdel Derecho de reconocido prestigio, nombrados por el Con-
sejo de la Judicatura Federal, a propuesta de su presidente.
1063 LFDP-DISPOSICIONES GENERALES 22.-

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