Iniciativa de reformas a la LFPC para crear el 'juicio de exclusividad de fondo' en materia fiscal

Páginas41-42

Page 41

El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el cual tiene como propósito crear una modalidad u opción de juicio en el que, en opinión del actor de la demanda, se analicen únicamente aspectos de fondo en las determinaciones de las autoridades tributarias, sin que en este procedimiento se puedan alegar aspectos formales, lo que, según la iniciativa, permitiría a los interesados elegir, de acuerdo con sus razonamientos, la modalidad de juicio que mayores probabilidades de defensa le representen y, en su caso, abreviar los tiempos de definición de la situación controvertida.

La iniciativa tiene como premisa fundamental fortalecer la definición judicial del fondo de la controversia sujeta al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en el que tanto el actor como la autoridad demandada sólo puedan alegar cuestiones relativas al fondo, respecto de la existencia misma de la obligación fiscal y dentro del procedimiento que se sustente en los principios de celeridad, oralidad, resolución sustantiva y proporcionalidad.

Es de observar que, conforme a la iniciativa, este nuevo procedimiento seguiría los elementos esenciales del juicio contencioso administrativo tradicional, pero con las siguientes particularidades:

  1. Sólo se podrían hacer valer cuestiones relativas al fondo del asunto, por lo que se excluiría en todo momento cualquier argumento formal o de procedimiento.

  2. Las pruebas, tanto del actor como de las autoridades demandadas, tendrían que ser exhibidas, en su totalidad, al momento de presentar la demanda o contestarla, respectivamente.

  3. No se exigiría al contribuyente que garantice el interés fiscal durante la tramitación del juicio y hasta que el TFJA emita la resolución correspondiente.

  4. En todo momento se privilegiaría la oralidad del procedimiento y la cercanía del órgano jurisdiccional con la tramitación del juicio.

    Page 42

    El juicio de exclusividad de fondo procedería sobre la impugnación de resoluciones definitivas que deriven de las siguientes facultades de comprobación de las autoridades tributarias:

  5. Revisiones de gabinete o escritorio

  6. Visitas domiciliarias

  7. Revisiones electrónicas

    La cuantía del asunto para que proceda el juicio de exclusividad de fondo sería de 200 veces la unidad de medida y actualización...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR