La iniciativa de reforma política del Distrito Federal

AutorRamiro G. Bautista Rosas
CargoProfesor-investigador de la Universidad Autonoma Metropolitana Azcapozalco
Páginas89-98

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La iniciativa de Reforma Política del Distrito Federal

Ramiro G. Bautista Rosas *

El cometido de este artículo consiste en realizar una revisión de la "Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", popularmente conocida como la Reforma Política del Distrito Federal que fue generada y aprobada por unanimidad en la Asamblea
Legislativa del
Distrito Federal y presentada para su eventual aprobación ante el Congreso de la Unión. Se analiza y comenta teniendo como indispensables referencias, a la histórica lucha por hacer de la Ciudad de México un Estado más de la República, así como al marco jurídico constitucional vigente, haciendo resaltar sus bondades y limitaciones.

The main purpose of this article is to make a revisión of the bilí as a project of decree that reforms and adds several precepts of the Mexican Constitution", known as the political reform of the Federal District that was created and approved by unanimity in the Legislative Assembly of the Federal District and presented for its later approval before the Congress of the Union.

It analyzcs and makes comments having as indispensable references, the historical fighting for making México City one more state of the Mexican republic, and the same with the actual constitutional legal frame, and consideringthe good qualities and its limitationsas well.

Sumario. Bondades de la iniciativa. Las razones de fondo. / Propuestas de cáracter estructural. La propuesta mas profunda. / Recobrar, potencialmcnte, mayores facultades. / El derecho de la ciudad de México a formar parte constitucional de
la República. / Hacia la conformación de un poder constituyente local. / Para la
solución de conflictos en el esquema federal. / Otras aportaciones. / Limitaciones de la iniciativa. La ciudad de México es una entidad federativa. / La opción por el gradualismo. / La vocación por autolimitarse y asumir cargas ajenas. / La aparente renuncia a ejercer mayores facultades. / Los grandes ausentes de la iniciativa. / Concesión improcedente. / El intéres partidiario por delante. / La A.L.D.F órgano legislativo. ¿Además poder constituyente y Organo constitucional? / Repeticiones y diferencias inconvenientes. / Ausencias en la iniciativa.

A fines del año 2001, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal presentó la "iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos" ante la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (México. Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Mimeo.2001.)

Esta iniciativa comprende lo que en diferentes medios ha sido enunciado como "La Reforma Política del Distrito Federal" que fue, según se afirma, votada por unanimidad en tal órgano de gobierno de carácter legislativo.

En términos generales esta iniciativa es un paso más en la cadena de acciones encaminadas a propiciar un mayor grado de descentralización del Distri

to Federal, luego de los graves acontecimientos nacionales que llevaron al obregonismocallismo a convertir a esta Entidad Federativa en una simple persona jurídica perteneciente a la administración pública federal, a ubicarla bajo la esfera de acción -directa del Poder Ejecutivo Federal, del "Señor Presidente" en turno.

En nuestra opinión el asunto es importante y merece comentarios a partir de la óptica que prevalece en el fondo del asunto: la recuperación y/o conquista de derechos de los habitantes y ciudadanos de la Ciudad de México.

Abundan las reseñas históricas sobre esta ciudad y en particular sobre el Distrito Federal, y la in iciativa en cuestión no escapa a esta tendencia. Nosotros prescindiremos de esto, a menos que sea estrictamente indispensable volver sobre alguna referencia del pasado.

* Profesor-investigador de la Universidad Autonoma Metropolitana Azcapozalco

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Bondades de la iniciativa

Las razones de fondo

En las últimas décadas este proceso se inició con altibajos con la Reforma Política lopezportillista de 1977 que un poco más adelante culminó con la incorporación del Referéndum y la Iniciativa Popular para los ciudadanos del Distrito Federal en el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Tal disposición, según recordamos, quedó plasmada en el artículo 73, fracción sexta, base segunda. Sin embargo, como ha sucedido en nuestro país con muchas de las concesiones que al pueblo se le hacen desde el poder, nunca se puso en práctica ya que jamás se generó la legislación secundaria necesaria.

Más adelante, ya en el sexenio delamadrista, otra Reforma Política creó la Asamblea de Representantes del Distrito Federal pero, al mismo tiempo derogó la disposición constitucional que otorgaba el Referéndum y la iniciativa Popular mencionadas, ante la increíble quietud (quizá ignorancia) de los partidos pol íticos de oposición que tenían presencia al menos en la Cámara Federal de Diputados en ese momento. Con la mano izquierda el gobierno federal otorgaba unas cosas, y con la mano derecha quitaba otras; así ha funcionado este sistema político.

Propuestas de cáracter estructural

La propuesta más profunda

La actual iniciativa plantea de manera general una nueva Reforma Política para el Distrito Federal, proponiendo para ello reformas y/o adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que tienden a redefinir su estructura dentro del Estado mexicano y a darle mejores condiciones de funcionamiento.

Entre las primeras tiene relevancia la que, en el terreno de la doctrina constitucional, define la esencia de una Entidad Federativa en un Estado Federal y que, aunque en este caso carece de la argumentación necesaria, aparece explicada someramente en el segundo párrafo de la página XV en los siguientes términos:

El primer y segundo párrafos del artículo 122 establecerán la autonomía del Distrito Federal respecto de su

régimen interior, de acuerdo a lo que establece la propia Constitución y el Estatuto Constitucional. Su gobierno estará a cargo de los órganos legislativo, ejecutivo y judicial de carácter local que más adelante se indican, (subrayado nuestro)

Recobrar, potencialmente, mayores facultades

Otra más, de carácter estructural tiene que ver con la "Distribución de Competencias" en el Estado Federal. Es decir, con aquella decisión que asume el conjunto de entidades al momento de establecer el Pacto de Unión entre todas (dentro de las cuales estaba la Ciudad de México) y formar el gobierno del todo. Qué le corresponde a este nuevo gobierno del todo surgido por la voluntad de todas las Entidades, y qué le corresponde al gobierno de cada una de ellas como entidades preexistentes. Tal queda explicado en las páginas 15/16 de la iniciativa de la siguiente manera:

Las reformas constitucionales de los años 1993 y 1996 al artículo 122, establecieron un régimen de facultades expresas para el órgano legislativo local, conservando el Congreso de la Unión, todas las no conferidas a la Asamblea Legislativa. Por lo tanto, el texto constitucional vigente enlista una amplia gama de materias en las que la Asamblea Legislativa ha legislado para la entidad. En congruencia con el propósito de fortalecer y definir la autonomía de cada uno de los órganos locales de gobierno este proyecto plantea invertir el sistema de distribución de competencias de tal forma que ahora corresponda a la Asamblea legislar en todo lo referente al Distrito Federal, salvo lo expresamente conferido por la Constitución al Congreso Federal...

El derecho de la Ciudad de México a formar parte constitucional de la República

Asimismo es de carácter estructural la propuesta que se hace en esta iniciativa para que el Distrito Federal participe, como lo hacen las demás Entidades Federativas, en la "Conformación de la Voluntad Nacional", es decir, en los cambios que se le hagan a la Constitución de la República. Tal queda argumentado en las páginas XXIII/XXIV de la iniciativa.

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...además, prevé la participación de la .Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el procedimiento de reformas a la Constitución, en los términos del artículo 135 de la propia Ley Fundamental, y con la misma calidad con que lo hacen las legislaturas de los Estados. Se ha considerado que dicha participación implica un reconocimiento fundamental del derecho de los ciudadanos del Distrito Federal de participar, por conducto de su representación legislativa local, en las modificaciones a la Constitución, en su carácter de parte integrante de la Federación.

Hacia la conformación de un poder constituyente local

Otra más que corresponde a este nivel la encontramos argumentada en las páginas XX/XXI de la iniciativa y tiene que ver con una acción que se pretende ubicar como un paso hacia el ejercicio de la función constituyente de esta Entidad. Tal, dice así:

El apartado C del nuevo artículo 122 Constitucional prevé la existencia del ordenamiento de organización y funcionamiento del gobierno local, que se llamará Estatuto Constitucional del Distrito Federal. El proyecto no sólo pretende reformular su denominación con respecto al ordenamiento vigente, que se titula Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en cuanto que éste propiamente no sólo organiza al gobierno local, sino también establece todo un capítulo de derechos y obligaciones de carácter público de habitantes y ciudadanos de la entidad; sino que tal cambio de denominación obedece también a conferirle un status singular a dicho ordenamiento fundamental...

Para la solución de conflictos en el esquema federal

Por último y aunque no es tan profunda como las anteriores, todavía podríamos considerar de carácter estructural la propuesta que la iniciativa argumenta en su página XXIX para definir que únicamente los tres Órganos de Gobierno de la Entidad estarían facultados para participar, a nombre de la misma, en...

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