INICIATIVA DE REFORMA del Congreso de Baja California, 16-07-2009

Fecha16 Julio 2009
JOSÉ GUADALUPE OSUNA MILLÁN, GOBERNADOR DEL ESTADO, Y LOS
DIPUTADOS JUAN MANUEL MOLINA GARCÍA, ARMANDO TERÁN CORELLA, JUAN
MACKLIS ANAYA, INTEGRANTES DE LA XIX LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL
ESTADO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE NOS CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 28
FRACCIONES I Y II, Y 49 FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, PRESENTAMOS ANTE ESTE H.
CONGRESO INICIATIVA DE REFORMAS A DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE
BAJA CALIFORNIA, BAJO LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Baja California se ha consolidado como un Estado de vanguardia y punta de lanza
en su legislación, ya que ha sido una prioridad constante la actualización, y en
consecuencia; la modernización del marco jurídico que sustenta el quehacer del
poder público, muestra de ello es la implementación de nuevos mecanismos
legales para acceder a la justicia, tal como lo son los medios alternativos de
mediación y la conciliación, los cuales se utilizan para resolver controversias entre
particulares en forma alterna a la justicia ordinaria. Estos medios alternativos
aportan grandes ventajas frente al procedimiento jurisdiccional, como lo es el
hecho de que son los propios implicados en una contienda quienes determinan su
solución, lo que motiva la satisfacción final de ambos al no haber vencedores ni
vencidos; además de ser procedimientos sumamente flexibles y transformativos de
las personas al favorecer sus actitudes pacíficas. Ejemplo de ello, es que en Baja
California ya contamos con una Ley de Justicia Alternativa, la cual ha permitido
que el Poder Judicial haya iniciado la operación y funcionamiento del CEJA, mejor
conocido como Centro Estatal de Justicia Alternativa, con el propósito de que éste
órgano sea para la sociedad un instrumento valioso que resuelva las controversias
que surjan en el ámbito privado en materia familiar, civil y mercantil, de una
manera confiable, eficaz, rápida, y apegada a derecho, utilizando las figuras como
la mediación y conciliación. Con esta instancia, dos o más personas encuentran
solución a un conflicto ya sea de tipo familiar, civil o mercantil, entre otros, en
forma no adversarial, interviniendo un tercero imparcial y neutral, el cual no toma
decisiones por las partes, sino facilita su comunicación centrándose en sus
necesidades e intereses. Asimismo, la citada Ley de Justicia Alternativa ha
permitido que el Poder Ejecutivo del Estado, específicamente en cuanto a la
solución de conflictos penales, haya expedido un Acuerdo a través del cual se crea
y diseña un área denominada Sistema Estatal de Justicia Alternativa Penal dentro
de la Procuraduría General de Justicia, dedicada a promover y aplicar los medios
alternativos para resolver este tipo de controversias. Es en ese sentido, que en
ánimo de seguir avanzado no sólo en cuanto a la creación de órganos
especializados para substanciar medios alternativos de justicia, sino en el marco
jurídico que soporta esta actividad es que se proponen reformas a la Ley de
Justicia Alternativa para el Estado, a fin de que sus disposiciones normativas sean

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR