INICIATIVA DE REFORMA del Congreso de Baja California, 15-05-2008

Fecha15 Mayo 2008
SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 15 DE MAYO DE 2008
- EL C. DIP. MOLINA GARCIA: Con su permiso Diputado Presidente. Diputado
José Alfredo Ferreiro Velazco, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable
XIX Legislatura Constitucional del Congreso del Estado de Baja California.
Compañeras diputadas, compañeros diputados: Con fundamento en los artículos
27 y 28 ambos en su fracción I de la Constitución Política de Estado libre y
Soberano de Baja California, así como los artículos 112, 113, 115, 116 y 117 de
California, el suscrito Diputado Juan Manuel Molina García, Diputado integrante
de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional de esta Honorable XIX
Legislatura, someto a consideración de esta Soberanía, INICIATIVA DE
REFORMA A LOS ARTICULOS 158 Y 261 DEL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO
DE BAJA CALIFORNIA, ADICIONANDO UN ARTICULO 158 TER, ASI COMO UN
ARTICULO 261 QUATER Y UN ARTICULO 261 QUINQUIES, bajo la siguiente:
EXPOSICION DE MOTIVOS: El 12 de Diciembre del año 2005 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación decreto de reforma al artículo 18 de la
estableció como premisa fundamental a la Federación, los Estados y el Distrito
Federal implementar en el ámbito de sus respectivas competencias un sistema
integral de justicia aplicable a todas aquellas personas cuyas edades fluctúen
entre los doce años y menores de dieciocho años a quienes se atribuya la

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