Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4, fracción xxx de la ley orgánica y 2º, fracciones ix y xxx del reglamento, ambos ordenamientos del congreso de la ciudad de méxico

Fecha de publicación25 Mayo 2021
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Plaza de la Constitución, Número 7, Oficina 602, Colonia Centro, Código Postal 06000,
Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, México. Teléfono 5130 1900, Extensión 2410
DIP. VALENTINA BATRES GUADARRAMA
DIP. ANA PATRICIA BÁEZ GUERRERO
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DEL
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, I LEGISLATURA
PRESENTE
La que suscribe, VALENTINA BATRES GUADARRAMA, Diputada integrante del Grupo
Parlamentario de Morena en la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 122, Apartado A, fracción II, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 29, Apartado D, párrafo primero, inciso
a); y 30, Numeral 1, inciso b), de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos
12, fracción II; y 13, fracción LXIV, de la Ley Orgánica; y artículos 5, fracción I; 82; y 96,
del Reglamento, ambos ordenamientos del Congreso de la Ciudad de México, por medio
del presente, someto a la consideración de esta Soberanía, la siguiente:
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS
ARTÍCULOS 4º, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY ORGÁNICA, Y 2º, FRACCIONES XXIX Y
XXX, DEL REGLAMENTO, AMBOS ORDENAMIENTOS DEL CONGRESO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
Lo anterior, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De acuerdo con Alberto Castell, la técnica legislativa se define como el arte y la destreza
necesarias para llegar a una correcta y eficaz elaboración de la ley. La Técnica
Legislativa se conforma por los procedimientos, formulaciones, reglas, estilos ordenados y
sistematizados, que tratan a la ley durante su proceso.
En su estudio, puede distinguirse una técnica legislativa interna y una externa, al ámbito
de la interna pertenecen todos los instrumentos que se utilizan para la elaboración de la
ley, por ejemplo, su integración formal, su estructura interna, el desarrollo material de la
ley, estructura externa y su redacción.
Por su parte, la externa da conocimiento del contexto en el cual se legitima la ley, es decir,
su estructura, organización, funcionamiento, procedimientos legislativos desde la
generación de la ley hasta su sanción; la cobertura técnica, el rol de quien funge como
persona asesora legislativa y la capacitación legislativa.
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