Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la ley de salud del distrito federal

Fecha de publicación08 Abril 2021
Plaza de la Constitución No. 7 3° piso, oficina 309, Col Centro. Del. Cuauhtémoc, C.P. 06000 Tel. 51-
30-19-00 Ext. 2302
DIPUTADA MARISELA ZÚÑIGA CERÓN
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
I LEGISLATURA
DIP. MARGARITA SALDAÑA HERNÁNDEZ
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA
DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
P R E S E N T E
La que suscribe, Diputada Marisela Zúñiga Cerón, integrante del Grupo
Parlamentario del Partido MORENA, en la I Legislatura del Congreso de la Ciudad
de México, con fundamento en los artículos 29, apartado D, inciso a); 30, numeral
1, inciso b) y 69, numeral 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 12,
fracción II de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 5, fracción I,
95, fracción II, 96 y 332 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México,
presento ante el pleno de esta soberanía la siguiente Iniciativa con proyecto de
decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Salud del
Distrito Federal. Por lo anterior y con sustento en lo establecido en el artículo 96
del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, la presente iniciativa con
proyecto de decreto se estructura cumpliendo con los contenidos siguientes:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Planteamiento del problema.
El apartado F del artículo 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México,
establece que las personas mayores, (entendiéndose por éstas las de 60 años o
más) tienen reconocidos los derechos a la identidad, a una ciudad accesible y
segura, a servicios de salud especializados y cuidados paliativos. Tomando en
cuenta las necesidades específicas de mujeres y hombres, la Ciudad deberá
establecer un sistema integral para su atención que prevenga el abuso, abandono,
aislamiento, negligencia, maltrato, violencia y cualquier situación que implique
tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes o atente contra su seguridad e
integridad.
Si bien es cierto el compromiso de la ciudad con las personas mayores quedó
plasmado en el citado artículo constitucional, resulta innegable que en el día a día
esta consolidación de derechos ha resultado de naturaleza silenciosa y nos
encontramos aún muy alejados de un estado de bienestar deseable para esta
población, debido, fundamentalmente, a que aún no se han encontrado las
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CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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herramientas apropiadas para hacerle frente a diversas problemáticas que padecen,
en particular en la capital del país y de manera general en toda la República
Mexicana, por ello, uno de los grandes retos constituye la consolidación de
esfuerzos de todas y todos, para evitar que éste grupo etario siga sufriendo
exclusión, aislamiento y discriminación al interior de nuestra sociedad.
Con sustento en lo anterior, resulta necesario, como una primera acción, ampliar
las bases constitucionales de reconocimiento y protección de derechos
fundamentales a este sector de la población, mismos que no se encuentran
enunciados en forma expresa o literal en ya citado artículo, siendo indispensable
una reforma que permita la generación de garantías suficientes por parte del
Estado.
Entendemos que las personas mayores tienen per se, reconocidos todos los
derechos señalados en la Constitución General de la República, así como en la
Constitución Política de la Ciudad de México, sin embargo, es importante realizar
un énfasis normativo de derechos específicos y claramente direccionados, los que
comúnmente, al entrar en esta etapa de la vida, se invisibilizan y desconocen.
Es por ello que, ante la ausencia de las hipótesis normativas de rango constitucional
que permitan la generación de políticas públicas por parte del Estado, que
posibiliten re-direccionar la problemática hacia soluciones estructurales eficaces,
para otorgarle a la persona mayor el protagonismo que le corresponde en nuestra
sociedad, encontramos que el legislador ordinario también incurre en omisiones
legislativas, que redundan en perjuicio de las personas mayores, ocasionando con
ello la desatención por parte del gobierno de brindarles un trato diferenciado y
preferencial en trámites y servicios, así como en diversos aspectos de la vida
social.
Argumentos que sustentan la iniciativa.
Objetivo de la iniciativa.
Proponemos que se permitan el fortalecimiento de la autonomía personal de la
persona mayor, mejorar su nutrición, desarrollar un envejecimiento activo, brindar
apoyos de diferente índole como los de carácter psicosocial o aquellos tendentes a
revertir el deterioro cognitivo propios de la edad, proporcionar educación que
estimule su inclusión y participación social, establecer mecanismos de apoyos para
emprender negocios propios, capacitarles en forma constante y permanente en las
tecnologías de la información que reduzcan el rezago que actualmente padecen en
el uso de dispositivos digitales, así como rehabilitar sus viviendas y alojamientos
para asegurarles espacios dignos y con movilidad segura, entre otros.
En consideración al objetivo planteado, se describen a continuación las evidencias
argumentativas que sustentan el presente instrumento legislativo.
De acuerdo al reporte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el
publicación “World Population Ageing 2015” (Envejecimiento de la Población
Mundial 2015), son personas mayores aquellas de 60 años o más edad. Este grupo
poblacional experimenta diversas formas de discriminación, negación o vulneración
de sus derechos.
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