Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 300, 301 y 302 del código fiscal de la ciudad de méxico en materia de aprovechamientos por obras y construcciones.

Fecha de publicación20 Diciembre 2018
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DIPUTADO JOSE
DE
JESUS MARTIN DEL CAMPO
PRESIDENTE DE
LA
MESA DIRECTIVA DEL
CONGRESO DE
LA
CIUDAD
DE
MEXICO, I LEGISLATURA
PRIMER
Afilo
DE EJERCICIO, PRIMER PERIODO ORDINARIO
PRESENTE
Los
que suscriben la Diputada Isabela Rosales Herrera,
el
Diputado Marco Antonio
Temistocles Villanueva, ambos integrantes del Partido Movimiento de
Regeneraci6n Nacional;
la
Dlputada Teresa Ramos Arreola, Integrante del Partido
Verde Ecologista de Mexico;
el
Diputado Federico Doring Casar,
el
Diputado Jorge
Triana Tena, ambos integrantes del Partido Acci6n Nacional
yel
Diputado Fernando
Jose Aboitiz Saro, integrante de
la
Asociaci6n Pariamentaria del Partido Encuentro
Social del Congreso de la Ciudad de Mexico, I Legislatura, con fundamento
en
10
establecido en los artfculos 122 Apartado
A,
fracci6n
II
de
la
Constituci6n Polftica
de
los Estados Unidos Mexicanos; 29 Apartado D incisos
a,
b,
y
c,
Apartado E
numeral
1,
de
la
Constituci6n Politica de
la
Ciudad de Mexico; 12 fracci6n
II
y
13
fracci6n LXXIV de
la
Ley Organica del Congreso de
la
Ciudad de Mexico; 5
fracciones I y
II,
95,
96
Y 118 fracci6n I Reglamento del Congreso de
la
Ciudad
de
Mexico, sometemos a consideraci6n de este Pleno la siguiente:
INICIATIVA CON PROYECTO
DE
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS
ARTlcULOS 300,
301
Y 302 DEL C6DIGO FISCAL
DE
LA
CIUDAD
DE
MEXICO
EN
MATERIA DE APROVECHAMIENTOS POR OBRAS Y CONSTRUCCIONES,
AL
TENOR
DE
LO SIGUIENTE:
I.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA QUE
LA
INICIATIVA PRETENDE
RESOLVER:
La
Ciudad de Mexico ha experimentado
un
gran desarrollo inmobiliario
en
los
ultimos anos, primordialmente en
la
construcci6n de viviendas a
un
costo de mas
de
$2,500,000.00 pesos, asf como de edificaciones de centros comerciales y otros
de
usos mixtos.
En
algunos casos
la
realizaci6n de estos tipos obras han trafdo
distintas problematicas a las colonias donde se edifican, como son problemas de
movilidad, delincuencia, deterioro del medio ambiente e invasi6n del espacio publico
e incluso de vivienda,
ya
que
al
encarecerse
el
suelo las personas de escasos
recursos quedan fuera toda posibilidad de poderla adquirir.
En
el
C6digo Fiscal de
la
Ciudad de Mexico,
en
sus articulos 300 y 301, se establece
un
cobro
p~r
el pago de aprovechamientos
p~r
las construcciones u obras que
se
1
Plaza
de
la Constltuclan
No.7,
5do.
Plso,
Of Ie Ina 510. Centro Histarico.
Cludad
de
Mexico;
C.P.
06000
ejecutan, con la finalidad de prevenir, mitigar 0 compensar las alteraclones 0
afectaciones
al
ambiente, los recursos naturales, as! como los efectos
al
impacto
vial, sin embargo, no senala de forma clara que autoridad es la encargada de aplicar
dichos recursos y donde deben aplicarse.
En
el
mejor de los casos cuando liegan a Ingresar los recursos -Porque no todas las
personas fisicas 0 morales que construyen pagan los aprovechamientos 0 realizan
las obras de mitigacion y/o compensacion necesarias-;
la
Secretarla de Finanzas
los distribuye de manera discrecional y no siempre cumplen con el objeto para el
cual
fueron cubiertos, con
10
cual, se causa un dano a la colonia y a la demarcacion
donde se ejecutan y lejos de que la obra traiga un beneficio para los habitantes de
la zona se convierte en un lastre que
en
diversas ocasiones no solo causa molestias
a las personas vecinas de la zona, sino tambien al medio ambiente y calldad de aire
de
la
Ciudad.
Por otra parte, la construccion de unidades habitacionales de costos tan elevados
como las referidas
en
parrafos anteriores, ocasiona un fenomeno que produce
la
expulsion de las personas de escasos recursos, debido a que no pueden acceder a
un
credito para adquirir vivienda. A este fenomeno se
Ie
conoce como gentrificacion,
problema que debe ser atendido por
el
Gobierno de la Ciudad de Mexico de manera
urgente.
Asimismo, el articulo 302 establece la posibilidad de que los particulares ejecuten
las obras de reforzamiento que
en
materia hidraulica se necesiten, sin embargo no
siempre sucede de esa forma, por
10
que se considera importante que sea la
autoridad competente quien ejecute las obras respectivas y solo hasta entonces
otorgar la faclibilidad hidraulica requerida.
II. PROBLEMATICA DESDE LA PERSPECTIVA DE GENERO:
De
forma general, no se causa una afectacion de genero de forma directa, sin
embargo, cada obra puede causar diversos impactos en los cuales las personas
que
se
ven mas afectadas son los grupos de atencion prioritaria reconocldos
en
el
articulo
11
de la Constitucion Polltica de la Ciudad de Mexico, principalmente
mujeres y personas con discapacidad.
Una obra que impacta la circulacion del transporte publico, afecla mas a las mujeres
ya
que esta demostrado que son elias las que mas
10
utilizan, ademas de realizar
dlversos viajes como pueden ser de la casa a la escuela de sus hijas e hijos, a
su
2
PlaIa
de
la
Consiliudon No.7,
5do.
Plso, Ollclna 510, Centro Hisiorleo.
Cludad
de
Mexico; C.P. 06000

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