Iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma diversas disposiciones de la ley de protección a los animales de la ciudad de méxico,
Fecha de publicación | 27 Noviembre 2018 |
PARTIDO
VERDE
ECOLOGISTA
DE
MEXICO
DIP. JOSE DE JESUS MARTIN
DEL
CAMPO CASTANEDA
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MEXICO
I LEGISLATURA
PRESENTE
Quienes suscriben, Diputadas Teresa Ramos Arreola y Alessandra Rojo de
la
Vega
Piccolo, integrantes del Grupo Parlamentario de Partido Verde Ecologista de Mexico
en el Congreso de la Ciudad de Mexico de la I Legislatura, con fundamento en
10
dispuesto por los articulos 30, numeral
1,
inciso
b)
de
la
Constituci6n Politica de
la
Ciudad de Mexico; asi como
4,
fracci6n XXI, 12, fracci6n II y 13, fracci6n LXIV de
la
Ley Organica del Congreso de la Ciudad de Mexico, asi como en los articulos
2,
fracci6n XXI,
5,
fracci6n I, 95, fracci6n
II,
96 Y 118 del Reglamento del Congreso de
la
Ciudad de Mexico sometemos a consideraci6n de esta asamblea la presente
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR
EL
QUE REFORMA
DIVERSAS DISPOSICIONES DE
LA
LEY DE PROTECCION A LOS ANIMALES
DE
LA
CIUDAD DE MEXICO,
al
tenor del siguiente:
OBJETIVO DE
LA
INICIATIVA
~
Establecer que, en la venta de animales, se debe privilegiar la que se pueda
realizar a traves de medios remotos 0 mediante la utilizaci6n de herramientas
tecnol6gicas que eviten contacto fisico directo entre el animal para venta y
el
publico interesado en
su
adquisicion.
};-
Implantar que para la estancia de los animales en instalaciones de resguardo
durante los periodos en los que no se encontraran en exhibici6n para
su
comercializacion, los establecimientos mercantiles dedicados a la venta de
animales, deberan atender sus necesidades bBsicas de bienestar, previendo
las condiciones
de
espacio, seguridad, ventilaci6n, iluminaci6n, y
alimentaci6n, de acuerdo a las caracteristicas propias de cada especie y
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VERDE
ECOLOGISTA
DE
MEXICO
cumpliendo las disposiciones de las autoridades correspondientes, las
normas oficiales mexicanas
y,
en
su
caso, a las normas ambientales.
~
Instituir que los establecimientos mercantiles dedicados a la venta
de
animales, deben garantizar
su
protecci6n y asegurarles
un
trato digno y
respetuoso, asi como evitar
el
maltrato y crueldad, asegurando que las
instalaciones d6nde se encuentren previamente a
su
venta, cuenten con
areas e infraestructura necesaria para
su
manejo.
~
Establecer que, en los establecimientos mercantiles dedicados a
la
venta de
animales,
se
debera prestar, sin costa alguno, por
10
menos dos espacios
fisicos y en
su
publicacion por medios remotos 0 mediante
la
utilizaci6n de
herramientas tecnologicas para
la
exhibicion de animales
en
adopci6n.
EXPOSICION
DE
MOTIVOS
I.
ASPECTOS GENERALES
Por "bienestar animal" se entiende el estado
positiv~
de
un
animal en relaci6n a
su
ambiente,
10
cual
se
determina al evaluar
10
siguiente:
a)
Condici6n corporal que
no
ponga en riesgo la vida del animal.
b)
Ausencia de patogenos.
c)
Ausencia de heridas.
d)
En
caso de haberlas, deben estar bajo tratamiento.
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