Iniciativa con proyecto de decreto por el que; se reforma la denominación de la ley para la celebración de espectáculos públicos en el distrito federal, por el de ley para la celebración de espectáculos públicos en la ciudad de méxico; asimismo, se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones de la ley para la celebración de espectáculos públicos en el distrito federal

Fecha de publicación04 Octubre 2018
PARTIDO
VERDE
ECOLOGISTA
DE
MEXICO
DIP. JOSE
DE
JESOS MARTIN DEL CAMPO CASTANEDA
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DEL CONGRESO DE LA CIUDAD
DE
MEXICO
I LEGISLATURA
PRESENTE
TERESA RAMOS ARREOLA Y ALESSANDRA ROJO
DE
LA
VEGA
PICCOLO,
diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de
Mexico
en
el
Primer Congreso de la Ciudad de Mexico, con fundamento
en
10
dispuesto por el articulo
30
numeral 1 inciso
b)
de la Constituci6n Politica de
la
Ciudad de Mexico,
en
el articulo 12 fracci6n II, 13, fracci6n LXIV de la Ley Organica
del Congreso de
la
Ciudad de Mexico, asi como
en
los articulos
5,
fracci6n
I,
82,
95,
fracci6n II,
96
Y 118 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de Mexico,
sometemos a la consideraci6n de este Honorable Congreso, la presente,
INICIATIVA
CON
PROVECTO
DE
DECRETO POR EL QUE; SE REFORMA
LA
DENOMINACI6N DE
LA
LEV PARA
LA
CELEBRACI6N DE ESPECTAcULOS
POBLICOS
EN
EL DISTRITO FEDERAL, POR EL DE LEV PARA LA
CELEBRACI6N
DE
ESPECTAcULOS POBLICOS
EN
LA
CIUDAD
DE
MEXICO;
ASIMISMO, SE DEROGAN, REFORMAN V ADICIONAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DE
LA
LEV PARA
LA
CELEBRACI6N DE ESPECTAcULOS
POBLICOS
EN
EL DISTRITO FEDERAL;
al
tenor de la siguiente:
OBJETIVO DE
LA
INICIATIVA
EI
objetivo de
la
presente iniciativa, es
prohibir
la celebraci6n
de
espectaculos,
en
los
cuales se maltrate,
torture
0 prive
de
la vida a toros,
novillos
y becerros.
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12
PARTIDO
VERDE
ECOLOGISTA
DE
MEXICO
EXPOSICI6N DE MOTIVOS
I.
ASPECTOS GENERALES
En
la Ciudad de Mexico el mallralo de los seres vivos
no
humanos, como son los
animales,
ya
es lipificado en el Codigo Penal de esla Ciudad. Asimismo,
la
Conslilucion Polilica
de
la Ciudad de Mexico reconoce
la
"Prolecci6n a los
animales·, los reconoce como seres sinlienles
y,
por
10
lanlo, deben recibir
Iralo
digno. As!, que
en
la
Ciudad de Mexico lada persona liene un deber elico y
obligacion jurldica de respelar la vida y
la
inlegridad de los animales, ya que eslos
par
su
naluraleza son sujelos de consideraci6n moral y su tutela es
de
responsabilidad comun.
Derivado de esto,
la
misma Constitucion de la CDMX, nos anuncia que son las
autoridades de la Ciudad quienes deben garantizarfm
la
protecci6n, bienestar, as!
como el trato digno y respetuoso a los animales, as! como fomentar una cultura
de
cuidado y tutela responsable, ademas de realizar acciones para
la
atenci6n
de
animales
en
abandono.
Cabe destacar que la misma Constituc!on de
la
CDMX seiiala que es la Ley
la
que
debe determinar:
a)
Las medidas de protecci6n de los animales en espectaculos
publicos, asl como en otras actividades, de acuerdo a su naturaleza, caracter!sticas
y vinculos con
la
persona; b) Las conductas prohibidas con objeto de proteger a los
animales y las sanciones aplicables par los actos de maltrato y crueldad;
c)
Las
bases para promover la conservaci6n, asi como prevenir y evitar maltratos en
la
crianza y el aprovechamiento de animales de consumo humano; d) Las medidas
necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios, y e) Las facilidades
para quienes busquen
dar
albergue y resguardo a animales en abandono.
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