Iniciativa con proyecto de decreto, que abroga la ley de justicia alternativa en la procuración de justicia del distrito federal y expide la ley de justicia alternativa en la procuración de justicia de la ciudad de méxico

Fecha de publicación25 Marzo 2021
MIGUEL ÁNGEL MACEDO ESCARTÍN
DIPUTADO LOCAL
1
Ciudad de México, a 23 de marzo del año 2021.
MAME/AL/036/21
ASUNTO: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO
MAESTRO ALFONSO VEGA GONZALEZ
COORDINADOR DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS DEL
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, I LEGISLATURA
PRESENTE.
El que suscribe, Miguel Ángel Macedo Escartín, integrante del Grupo
Parlamentario de MORENA, con fundamento en el artículo 5, fracción I; 82 y 83
segundo párrafo, fracciones I y II y 100 del Reglamento del Congreso de la Ciudad
de México, muy atentamente, me permito solicitar la inclusión en el Orden del Día
de la Sesión Ordinaria de este Órgano legislativo, a celebrarse siguiente el jueves
25 de marzo del año 2021, la siguiente:
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ABROGA LA LEY DE
JUSTICIA ALTERNATIVA EN LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL Y EXPIDE LA LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA EN LA
PROCURACIÓN DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
.
Con ese propósito, acompaño para los fines procedentes, archivo electrónico de la
iniciativa con proyecto de decreto a la que me he referido.
Anticipadamente agradezco a usted su atención y hago propicio el momento para
hacerle llegar un saludo cordial.
A T E N T A M E N T E
DocuSign Envelope ID: EA096B0B-768F-4E72-A948-A630A28869BD
MIGUEL ÁNGEL MACEDO ESCARTÍN
DIPUTADO LOCAL
2
DIPUTADA MARGARITA SALDAÑA HERNÁNDEZ,
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA
DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
I LEGISLATURA.
PRESENTE.
El que suscribe, Diputado Miguel Ángel Macedo Escartín integrante del Grupo
Parlamentario de MORENA, de la Primer Legislatura del Congreso de la Ciudad de
México, con fundamento en lo dispuesto por: el artículo 122, apartado A, fracción
segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 30
numeral 1, inciso b de la Constitución de la Ciudad de México; el artículo 12, fracción
segunda de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; y el artículo 95
y 96 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, someto a la
consideración de este Congreso la siguiente:
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ABROGA LA LEY DE
JUSTICIA ALTERNATIVA EN LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL Y EXPIDE LA LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA EN LA
PROCURACIÓN DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El sistema de justicia alternativa (que comprende la mediación, conciliación y el
arbitraje) permitirá exjudicializar una gran cantidad de asuntos que se turnan a los
tribunales.
De esta manera, la justicia alternativa es definida como todo procedimiento no
jurisdiccional para solucionar un conflicto de índole civil, familiar, mercantil o penal,
al cual pueden recurrir voluntariamente las partes involucradas, para buscar una
solución acordada que ponga fin a su controversia, por procedimiento de técnicas
específicas aplicadas por especialistas.
Las resoluciones que se obtengan al término del ejercicio de la justicia alternativa,
serán irrecurribles y adquirirán la categoría de cosa juzgada, con ello se crean
obligaciones para las partes que hayan acudido a estos medios.
DocuSign Envelope ID: EA096B0B-768F-4E72-A948-A630A28869BD

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