Iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la ley de huertos urbanos del distrito federal y se expide la ley de huertos urbanos de la ciudad de méxico

Fecha de publicación08 Julio 2020
Fecha08 Julio 2020
Ciudad de México, a 08 de julio de 2020
DIP. ISABELA ROSALES HERRERA
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
I LEGISLATURA
PRESENTE
El que suscribe, Diputado Temístocles Villanueva Ramos, integrante del Grupo
Parlamentario de MORENA en el Congreso de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 122, apartado A, fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 29, apartado D,
inciso A, y 31 numeral 1, inciso B de la Constitución de la Ciudad de México; el
artículo 12, fracción II de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; y el
artículo 95 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, someto a la
consideración de este Congreso la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE    
DECRETO POR LA QUE SE ABROGA LA LEY DE HUERTOS URBANOS DEL
DISTRITO FEDERAL Y SE EXPIDE LA LEY DE HUERTOS URBANOS DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, al tenor de la siguiente:
I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Vivir en una ciudad verde es una demanda cada vez más fuerte de la ciudadanía
para mejorar sus condiciones de vida y bienestar, ser más resilientes ante el
cambio climático y desarrollar lazos sociales sostenibles. El impacto humano sobre
el ambiente, que en la mayoría de las veces es devastador, es un factor de
justificación para crear nuevas áreas verdes, por lo que se han venido dando
nuevas metodologías para reverdecer las ciudades: a través de los tejados o
paredes de casas y edificios, debajo de los árboles y en espacios públicos, o bien, a
través de la agricultura urbana.
La agricultura urbana busca propiciar alimentos seguros y libres de tóxicos para las
familias a través del uso responsable de los espacios reducidos, el suelo y el agua,
con el fin de obtener mejores rendimientos a corto, mediano y largo plazo; gracias
a la utilización de tecnologías y prácticas de manejo apropiadas que optimizan los
recursos materiales y humanos con altos beneficios de producción.
Así mismo, la agricultura urbana está demostrando también ser un componente
necesario para optimizar el suministro de alimentos para las ciudades. La ciudad
debe ser vista como un lugar donde la producción de alimentos sea un proceso
cotidiano, por lo que los huertos urbanos tienen el objetivo de garantizar la
seguridad y soberanía alimentaria y generar hortalizas nutritivas dentro de la urbe.
Pero la estrategia va más allá, pues no solamente se generan alimentos sino que se
1
DocuSign Envelope ID: 925F2465-1136-49B3-ACE2-D033B3124063DocuSign Envelope ID: 004C64A2-83AF-4CC3-8378-CB5A9CDE318B
construyen modelos educativos y de vinculación social para promover
comunidades más sanas, sostenibles y participativas.
La soberanía alimentaria consiste en “el derecho de los pueblos a definir y controlar
sus sistemas alimentarios y de producción de alimentos tanto a nivel local como
nacional, de forma equitativa y sostenible, entendiendo por ello la producción de
forma ecológica y culturalmente aceptada”. Por lo anterior, el huerto urbano
1
contribuye al desarrollo de ciudades saludables y resilientes a partir de la
agricultura urbana, la sostenibilidad y la participación comunitaria.
La cosecha de hortalizas, frutas y verduras en un huerto urbano no requiere de
jardines, ni grandes extensiones de tierra, pues se ubican en un espacio limitado
dentro de la ciudad como en la azotea, patios, en balcones o en botes; y se pueden
cultivar variedades como acelga, rábano, coliflor, cebolla, lechuga, fresa, tomate,
chile, espinaca, betabel, plantas aromáticas y medicinales o incluso flores.
La diferencia entre una hortaliza, fruta y verdura es que la hortaliza es la planta
completa; fruta y verdura solo hacen referencia al producto obtenido de la planta.
II. ANTECEDENTES
1. El 7 de abril de 2016, el Diputado lván Texta Solís, integrante del grupo
parlamentario del Partido De La Revolución Democrática en la Asamblea
Legislativa, VII Legislatura, presentó la Iniciativa Con Proyecto De Decreto
Por La Que Se Expide La Ley De Huertos Urbanos En El Distrito Federal.
2. El 25 de octubre de 2016 en comisiones unidas de Preservación del Medio
Ambiente, Protección Ecológica y Cambio Climático y la de Desarrollo Rural,
las diputadas y diputados integrantes de la Asamblea Legislativa, VII
Legislatura, aprobaron el dictamen por el que se crea la Ley de Huertos
Urbanos en la Ciudad de México, con el objetivo de coadyuvar a la
preservación del entorno y la seguridad alimentaria.
3. El 27 de octubre de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México la Ley de Huertos Urbanos en la Ciudad de México, que establece
los principios para la formulación de políticas orientadas a mitigar el
deterioro ambiental y a fortalecer la seguridad alimentaria y otorga el
derecho a las ciudadanas y ciudadanos de contar con un huerto urbano.
4. Durante el evento de Promulgación de la nueva Ley se anunció la
instalación de 11 huertos en cinco Delegaciones de la ciudad: Iztapalapa,
Coyoacán, Tlalpan, Xochimilco y Gustavo A. Madero.
1“La Seguridad y Soberanía Alimentarias”, Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación y la Agricultura (FAO), p. 5, consultado en: http://www.fao.org/3/a-ax736s.pdf
2
DocuSign Envelope ID: 925F2465-1136-49B3-ACE2-D033B3124063DocuSign Envelope ID: 004C64A2-83AF-4CC3-8378-CB5A9CDE318B
Las personas que accedan a la producción de hortalizas, frutas y verduras,
accederán también a muchas bondades: podrán hacer conciencia sobre lo que
significa cosechar y mantener los alimentos, el cuidado del agua y el manejo de
residuos sólidos, pero también podrán generar una convivencia sana y pacífica con
sus vecinas y vecinos y aportan al combate al cambio climático.
La Ley vigente de Huertos Urbanos contempla en su artículo 14 que las
dependencias, órganos autónomos y órganos de gobierno establecerán en su
proyecto de presupuesto anual el mantenimiento de huertos urbanos, asimismo
deberán remitir un informe sobre el mantenimiento de sus huertos. Sin embargo,
no ha resultado así. La Secretaría del Medio Ambiente como cabeza de sector, no
se da abasto sobre lo que implicaría el mantenimiento y evaluación de todos los
huertos urbanos; por lo que es necesario cambiar la perspectiva y visión sobre el
desarrollo y mantenimiento de los huertos urbanos, no desde un punto de vista
presupuestario sino desde uno donde la participación comunitaria sea el eje rector
para desarrollar y conservar las áreas verdes urbanas.
Ley de Huertos Urbanos de la Ciudad de México
Texto vigente
Propuesta de Reforma
Artículo 1. La presente Ley es de orden
público e interés general y social, tiene
por objeto establecer los conceptos,
principios, procedimientos y
herramientas para la formulación de
políticas públicas orientadas en la
mitigación ambiental y seguridad
alimentaria a través de la creación,
mantenimiento y explotación de
huertos urbanos.
Artículo 1. La presente Ley es de orden
público e interés general y social, tiene
por objeto establecer los conceptos,
principios, procedimientos y
herramientas para la formulación de
políticas públicas orientadas en la
mitigación ambiental y seguridad
alimentaria a través de la creación,
mantenimiento y usufructo de huertos
urbanos en la Ciudad de México.
Artículo 2. Para efectos de la presente
ley se entenderá como:
I. Agricultura Urbana: El cultivo de
plantas en el interior de las
ciudades a escala reducida,
puede desarrollarse en
traspatios, techos, paredes,
balcones, terrazas, puentes,
calles o espacios en desuso de
carácter público.
II. Decibeles: Unidad que se utiliza
para medir la intensidad del
Artículo 2. Para efectos de la presente
ley se entenderá como:
I. Agricultura Urbana: El cultivo de
plantas en el interior de las
ciudades a escala reducida,
puede desarrollarse en
traspatios, techos, paredes,
balcones, terrazas, puentes,
calles, dependencias, órganos 
autónomos y órganos de
gobierno de la Ciudad de
México, o espacios en desuso
tanto públicos como privados.
3
DocuSign Envelope ID: 925F2465-1136-49B3-ACE2-D033B3124063DocuSign Envelope ID: 004C64A2-83AF-4CC3-8378-CB5A9CDE318B

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR