Iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la ley del derecho al acceso, disposición y saneamiento del agua de la ciudad de méxico, y se expide la ley del derecho humano al agua, su saneamiento y la gestión integral y sustentable en la ciudad de méxico

Fecha de publicación10 Diciembre 2020
MA GUADALUPE AGUILAR SOLACHE
DIPUTADA
1
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ABROGA LA LEY
DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE
LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE EXPIDE LA LEY DEL DERECHO HUMANO AL
AGUA, SU SANEAMIENTO Y LA GESTIÓN INTEGRAL Y SUSTENTABLE EN LA
CIUDAD DE MÉXICO.
DIP. MARGARITA SALDAÑA HERNÁNDEZ.
Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de la
Ciudad de México, I Legislatura.
PRESENTE.
La suscrita, Diputada Ma Guadalupe Aguilar Solache, integrante del Grupo
Parlamentario del Partido Morena, en la Primera Legislatura del Congreso de la
Ciudad de México, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 fracción
III y 122, Apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; así como en los artículos 29 apartado D, inciso a); 30 numeral 1 inciso
B de la Constitución Política de la Ciudad de México; 12 fracción ll y 13 de la Ley
Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 2 fracción XXI, 5 fracción l y 95
fracción II del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, somete a la
consideración de esta soberanía la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que
se abroga la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua
de la Ciudad de México y se expide la Ley del Derecho Humano al Agua, su
Saneamiento y la Gestión Integral y Sustentable en la Ciudad de México, al
tenor de lo siguiente:
PROBLEMÁTICA
La población de la Ciudad de México se divide en dos rubros: la población residente,
calculada en 8 millones 918 mil 653 habitantes según el Instituto Nacional de
Estadística y Geografía
1
; y la denominada “población flotante” que se estimó por
1
http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/df/default.aspx?tema=me&e=0 9
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Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se abroga
la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y
Saneamiento del Agua de la Ciudad de México y se
expide Ley del Derecho Humano al Agua, su
Saneamiento y la Gestión Integral y Sustentable en la
Ciudad de México, que presenta la Diputada Ma
Guadalupe Aguilar Solache.
2
parte el mismo Instituto en 2018 en 13.12 millones de personas
2
, provenientes de
diversas entidades federativas, principalmente de la zona conurbada del Valle de
México. La suma de ambas da un total de 22 millones 38 mil 653 habitantes. Así,
la Ciudad de México es actualmente la quinta mega urbe en el mundo apenas por
debajo de la metrópolis brasileña de Sao Paulo, de acuerdo con un informe de
Naciones Unidas (ONU)
3
.
De la misma manera, con base en un estudio del Instituto de Recursos Mundiales
(WRI, por sus siglas en inglés), estudia el asunto con el término ‘estrés hídrico’
4
.
Señala que existen 17 naciones que presentan 'extremo estrés hídrico', es decir,
gastan 80 por ciento o más de su agua. México se ubica, a nivel global, en el lugar
número 24 de 164 naciones estudiadas. De lo anterior se desprende que la Ciudad
de México se ubica en el tercer lugar de las entidades del país en condiciones de
estrés hídrico
5
.
De seguir constantes las mismas variables la Ciudad se podría aproximar de
manera acelerada al “Día Cero”, es decir el día en que el suministro libre de agua
termina y el acceso al líquido comienza a ser racionado. La población debe acudir
a recoger su porción diaria de agua y no tiene acceso a más, señala el especialista
Manuel Perló.
2
INEGI, COMUNICADO DE PRENSA NÚM. 104/18 19 DE FEBRERO DE 2018.
3
https://www.forbes.com.mx/cdmx-la-quinta-ciudad-mas-habitada-en-el-mundo-onu/
4
Por Estrés Hídrico se entiende el porcentaje que un a ciudad, región o país consume del total del agua de la
que dispone en un año.
5
De acuerdo con cifras del programa del Instituto de Recursos Mundiales (WRI), Baja California Sur es la
entidad con el mayor grado de 'estrés hídrico', con una puntuación de 5 (la máxima posible).
Entre mayor es la puntuación, más cerca se está del 'Día Cero'.
Otros estados que están en el mismo ra ngo son Guanajuato (4.94), Ciudad de México (4.90), Aguascalientes
(4.81), Estado de México (4.76), Querétaro (4.71), Hidalgo (4.63), Chihuahua (4.63), Zacatecas (4.63) y Sonora
(4.60).
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MA GUADALUPE AGUILAR SOLACHE
DIPUTADA
3
Son varios los elementos que convergen respecto a la problemática hídrica y el
saneamiento en la Ciudad: crecimiento poblacional, agotamiento de los recursos y
contaminación de las fuentes, fallas en el abastecimiento de agua, tandeos, fugas
de agua, , sobreexplotación de acuíferos, hundimientos diferenciales, rupturas de
las redes de agua y drenaje, escaso tratamiento de las aguas residuales,
desaprovechamiento del agua de lluvia, desigual e inequitativa distribución del
líquido entre la población, deforestación de bosques y ocupación anárquica del
suelo de conservación, entre otros. Caso emblemático de la problemática del agua
se puede observar en la Demarcación Territorial de Iztapalapa
6
. En términos
generales esta problemática pone en riesgo el desarrollo sostenible, social,
económico y, por tanto, la propia supervivencia de los seres humanos que
habitamos y transitamos esta gran Ciudad.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.- Conforme a la técnica legislativa, la elaboración de este apartado fue un trabajo
exhaustivo, pues la trascendencia de la presente iniciativa cobra gran relevancia
para el futuro inmediato de nuestra Ciudad en todos sus ámbitos.
2.- Por lo anterior, a través de la Comisión de Gestión Integral del Agua se
realizaron diversos foros bajo el principio de Parlamento Abierto
7
.
6
Para analizar más el tema respecto a Iztapalapa, véase la tesis de maestría “Análisis de la Gestión Pública
del Servicio de Agua Potable.
7
Principio fundamental que señala la Ley del Congreso de la Ciudad de México en su artículo 1º, cuarto
párrafo, que a la letra reza:
El Congreso de la Ciudad de México actuará conforme a los principios de parlamento abierto, certeza,
legalidad, transparencia, máxima publicidad, rendición de cuentas, profesionalismo, interés social,
subsidiariedad, proximidad gubernamental y el derecho a la buena administración de carácter receptivo,
eficaz y eficiente, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México y los
ordenamientos de la materia.
Parlamento Abierto. Son las normas y mecanis mos establecidos para asegurar y promover el derecho a la
información de los ciudadanos; la participación ciudadana y la rendición de cuentas; la difusión de la
información parlamentaria, de manera proactiva, con la mayor cantidad de información rele vante para las
personas, utilizando formatos sencillos, mecanismos de búsqueda simples y b ases de datos en línea con
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