Iniciativa parlamentaria que reforma la fracción III del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores., de 9 de Diciembre de 2015

Del Congreso de Nuevo León, con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción III del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, reforma por modificación la fracción III del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo y reforma por modificación el artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores..

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo 56 que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Lo anterior para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo. Atentamente Monterrey, NL, a 24 de noviembre del 2015.

Diputada Alicia Maribel Villalón González (rúbrica) Secretaria Diputada Leticia Marlene Benvenutti Villarreal (rúbrica) Secretaria

  1. A la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales fue turnado en fecha 30 de marzo de 2015, para su estudio y dictamen, el expediente número 3141LXXIII, que contiene escrito signado por la ciudadana Emy Danielle Gutiérrez González, mediante el cual presenta iniciativa de reforma al artículo 110, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo; y reforma al artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  2. A la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales fue turnado en fecha 12 de Junio de 2015, para su estudio y dictamen, el expediente número 9410/LXXIII, que contiene escrito signado por los ciudadanos Luisa Fernanda Gámez Flores, Aimé Hernández Salazar y Dominga Balderas Martínez, estudiantes integrantes del centro estudiantil de estudios legislativos de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, mediante el cual presentan iniciativa para adicionar diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo y a la Ley del Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores.

  3. Expediente 9314/LXXIII

    Manifiesta la promovente como muchos obreros de nuestro pujante Estado no les alcanza ni pagar el traslado a su trabajo a raíz del exceso descuento que Infonavit les realiza de su sueldo al pago del crédito hipotecario, o mejor dicho, por pagar su posibilidad de un derecho a la vivienda.

    Agrega que empezó a recibir pruebas de trabajadores que les mostraban los recibos de nómina donde se demuestra que el patrón les descuenta de su salario, por instrucción de Infonavit, desde el 40 por ciento y hasta el 100 por ciento

    Comenta la promovente que la Constitución, desde el año de 1917 consagra en su artículo 40 el derecho de todos los mexicanos a disfrutar de vivienda digna y decorosa. Como resultado se determinó que mediante las aportaciones que se hicieron a un Fondo Nacional de Vivienda se establecerá un sistema de financiamiento que permítase otorgar a los trabajadores un crédito barato y suficiente para la adquisición de viviendas.

    Argumenta que en consecuencia de lo anterior en 1972 se creó el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste).

    Refiere que es importante delimitar lo que se debe entender por derecho a la vivienda según criterios de los tribunales mexicanos, la declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales suscrito por México y su Observación General 4. En estos ámbitos, tanto nacional como internacional se ha establecido que para que se cumpla con el derecho humano a una vivienda “digna o adecuada” se deben respetar una serie de factores, como los son: la seguridad jurídica de la tenencia; disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura; gastos soportables; habitabilidad; acequiad; lugar y adecuación cultural.

    Señala que para efectos de lo planteado en la presente propuesta de reforma interesa únicamente analizar el factor de “gastos soportables”. La Observación General 4 del Pacto antes mencionado, con respecto a éste tema refiere: “Los gastos personales o del hogar que entraña la vivienda deberían ser de un nivel que no impidiera ni comprometieran el logro y la satisfacción de otras necesidades básicas. Los Estados Partes deberían adoptar medidas para garantizar que el porcentaje de los gastos de vivienda sean, en general, conmensurados con los niveles de ingreso. Los Estados Partes, deberían crear subsidios de vivienda para los que no pueden costearse una vivienda, así como formas y niveles de financiación que correspondan adecuadamente a las necesidades de vivienda. De conformidad con el principio de la posibilidad de costear la vivienda, se deberla proteger por medios adecuados a los inquilinos contra niveles o aumentos desproporcionados de los alquileres. En las sociedades en que los materiales naturales constituyen las principales fuentes de material de construcción de vivienda, los Estados Partes deberían adoptar medidas para garantizar la disponibilidad de esos materiales”.

    Agrega que a su vez...

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