Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 2, 42 y 71 de la Ley de la Industria Eléctrica, con el objetivo de incluir una restricción a las actividades de esta industria dentro de las áreas naturales protegidas., de 16 de Febrero de 2016

Que reforma los artículos 2, 42 y 71 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, Francisco Javier Pinto Torres, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 2, 42 y 71 de la Ley de la Industria Eléctrica, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La definición legal de lo que es un área natural protegida en México se encuentra en el título segundo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), denominado “Biodiversidad”, en el artículo 44 de dicha norma legal y que a la letra establece que las áreas naturales protegidas (ANP) son

las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas [...] sujetas al régimen previsto en esta ley y los demás ordenamientos aplicables. 1

De lo anterior se desprende que la figura de área natural protegida es un instrumento de política ecológica prevista por la ley con objeto de proveer de un régimen de protección jurídico especial a determinados territorios que presentan características bióticas representativas (las cuales además en algunos casos coinciden con características culturales e históricas de importancia nacional), a fin de salvaguardar o restaurar la biodiversidad en dichos sitios.

Entonces, salvaguardar (principalmente) o restaurar (en algunos casos), el valor ecológico de determinados sitios es el objeto de constituir Áreas Naturales Protegidas. Esto tiene su base en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual consagra el derecho a un ambiente sano adecuado para su desarrollo y bienestar. 2

Así, la figura legal de ANP garantiza el derecho humano y constitucional a un medio ambiente sano, ya que al proteger espacios territoriales que cuentan con un valor ecológico especial, debido a su no alteración por actividades antropogénicas, por su particular biodiversidad y por los importantes servicios ambientales que generan para los seres humanos se está preservando el patrimonio natural de las y los mexicanos; el cual necesitamos para subsistir.

La naturaleza provee múltiples beneficios a la humanidad: bienes de uso directo (madera, minerales, agua, plantas medicinales, frutos y vegetales comestibles, carne, etcétera), servicios ambientales (ciclo de nutrientes, captación y filtración de agua, regulación del clima, generación de oxígeno, asimilación de contaminantes, retención del suelo, secuestro de carbono, polinización, etcétera), información (genética de fauna y flora diversa, sobre procesos y ciclos ecológicos, etcétera) y beneficios psicoespirituales (recreación, relajación, inspiración artística y religiosa por belleza escénica del paisaje, etcétera). 3

Es insoslayable que necesitamos de la naturaleza para subsistir y para el desarrollo de nuestras actividades cotidianas, individuales y colectivas, económicas y no económicas. Nuestra sociedad humana vive directa e indirectamente de los recursos naturales y servicios ecosistémicos.

Por ende, debido a todos los beneficios que nos aporta, es imprescindible la preservación y conservación de la naturaleza, así como su restauración en caso de haber sido afectada.

Cabe destacar que México es uno de los únicos 17 países megadiversos en el mundo, según el Centro de Monitoreo de la Conservación del Ambiente, 4 “ya que forma parte del selecto grupo de naciones poseedoras de la mayor cantidad y diversidad de animales y plantas, casi 70 por ciento de la diversidad mundial de especies”. 5

Con base en el artículo 2 de la Convenio sobre la Diversidad Biológica, del cual México es Estado parte, la “diversidad biológica es la “variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas acuáticos y los complejos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas”.

De hecho, en cuanto a diversidad biológica, México no sólo es parte de un grupo selecto, sino que además es punta de lanza, ya que ocupa el quinto lugar a nivel mundial. “En México se encuentra representado 12 por ciento de la diversidad terrestre del planeta”. 6

Así, nuestro país “ocupa el primer lugar en el mundo en riqueza de reptiles, el segundo en mamíferos y el cuarto en anfibios y plantas. La diversidad biológica de nuestro país se caracteriza por estar compuesta de un gran número de especies endémicas, es decir, que son exclusivas al país. Aproximadamente 50 por ciento de las especies de plantas que se encuentran en nuestro territorio son endémicas, esto se traduce en aproximadamente 15 mil especies que, si desaparecieran en México, desaparecerían del planeta. Los reptiles y anfibios tienen una proporción de especies endémicas de 57 y 65 por ciento, respectivamente y los mamíferos (terrestres y marinos) de 32 por ciento”. 7

Desafortunadamente, nuestra posición privilegiada en diversidad biológica no se traduce en un compromiso eficaz en la conservación y preservación de la misma.

Según datos del más reciente “Informe de la Situación del Medio Ambiente en México” (Edición 2012), 8 la protección del medio ambiente y los recursos ambientales en México deja aún mucho que desear. Así por ejemplo, según este informe, la Carta de Uso de Suelo y Vegetación Serie IV (Inegi 2011) indica que en México tan sólo 36 por ciento de las selvas y 62 por ciento de los bosques son primarios.

Según Greenpeace, México ocupa el quinto lugar mundial en deforestación. Cada año pierde alrededor de 600 mil hectáreas de bosques y selvas, lo que equivale a perder cada año una superficie equivalente a cuatro veces el Distrito Federal. 9 El 80 por ciento de la superficie del país tiene problemas de deforestación. De acuerdo con el PNUMA, la República Mexicana pierde 5 por ciento de sus manglares al año, de tal forma que en los últimos cuatro se ha disminuido su superficie de 0.71 a 0.5 por ciento del área del país. 10

De igual modo, hay “una pérdida alarmante (más de 160 toneladas por hectárea al año) de suelos por erosión (85 por ciento de la superficie del país con problemas de erosión)”. 11 Aunado a lo anterior, investigaciones del PNUMA “sobre la vulnerabilidad de sistemas boscosos del planeta, han llegado a conclusiones que indican que podrían verse afectados por los cambios climáticos, muy en especial, México, Brasil, Venezuela y Bolivia”. 12 “El cambio climático se atribuye 80 por ciento al uso de combustibles derivados del petróleo y el carbón; el 20 restante a la deforestación”. 13 “Al analizar todas estas cifras, se llega a una gran preocupación para controlar la explotación de los recursos naturales, la biodiversidad, el medio físico y el propio entorno de nuestro país”. 14

Las ANP son espacios territoriales definidos que gozan de una protección jurídica tal, que ciertas actividades humanas se prohíben dentro de ellas; lo cual implica son una solución natural al cambio climático y a la pérdida de biodiversidad.

En efecto, las ANP no sólo salvaguardan la biodiversidad amenazada por la contaminación y el cambio climático, sino que además ayudan a combatir el cambio climático mismo.

Las ANP son la mejor herramienta para combatir el cambio climático, debido a que se conservan y preservan los espacios naturales, limitando las actividades que en sus perímetros se permite realizar. Por un lado, permiten mitigar el cambio climático mediante la captura y almacenamiento de carbono en los ecosistemas naturales (mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero) y, al mismo tiempo, favorecen la adaptación de los ecosistemas y la sociedad ante sus impactos al brindar protección frente a los eventos meteorológicos extremos y mantener el flujo de los servicios ambientales (ejemplo: regulación climática, regulación de disturbios, regulación y provisión de agua, control de erosión, etcétera). 15

Por ello, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) a través de su Estrategia de Cambio Climático para Áreas Protegidas reconoce éstas como las herramientas más costo-efectivas frente al cambio climático, beneficios que se suman a la protección de la biodiversidad y de los servicios de los ecosistemas, conexión de los paisajes, generación de conocimiento e inspiración de la sociedad. 16

Entonces, el establecimiento de áreas protegidas en el ordenamiento territorial, como instrumento de política ecológica, es una repuesta a la necesidad de conservar espacios estratégicos para la nación, por múltiples motivos: a) la protección de la biodiversidad, b) el mantenimiento de paisajes de excepcional belleza, c) la conservación de especies en peligro de extinción; d) la protección de muestras representativas de ecosistemas, especies silvestres y recursos genéticos. 17

Además, las áreas protegidas son insustituibles para proveer servicios ambientales tan importantes como la provisión de fuentes de agua; la producción de oxígeno, la absorción del dióxido de carbono, la regulación del clima, la mitigación de inundaciones, la prevención de deslizamientos o derrumbes, entre otros. 18

El reporte Stener 2006 sobre la economía de los efectos del cambio climático, constató que la reducción en la deforestación y en la degradación forestal son las maneras más eficientes de inversión para reducir las emisiones de dióxido de carbono y en este cita: “Muchos de los ecosistemas, tanto los naturales como los manejados, apoyan...

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