Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas., de 25 de Octubre de 2007

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS, A CARGO DEL DIPUTADO CARLOS ROJAS GUTIÉRREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los suscritos diputados federales de diversos Grupos Parlamentarios de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, en tenor de la siguiente

Exposición de motivos

Las Fuerzas Armadas Mexicanas forman parte de las columnas que sostienen nuestro estado de derecho y, por lo tanto, de los soportes de la legalidad y las instituciones del país. Tienen una historia llena de gran patriotismo, de exaltación heroica, de indiscutibles virtudes cívicas y republicanas y de un origen eminentemente popular y revolucionario, motivo de gran orgullo para el país.

Hoy, en la mente del pueblo, indiscutiblemente nuestros soldados y marinos se identifican con la salvaguarda de la soberanía nacional, la seguridad y el orden interiores, la ayuda generosa a la población en casos de desastres naturales o producidos por el hombre y, hay que reconocerlo, el hacer valer la eficacia del derecho ante los embates de facto que la pretenden quebrar, como es el caso de la delincuencia organizada y el narcotráfico.

Hoy, la ciudadanía, y en especial los diputados y senadores que integramos la representación nacional y el gobierno, tenemos el deber ético-político de reconocer la labor y disposición permanentes –durante todos los días del año, sin importar jornadas ni horas de trabajo– de los miles de soldados y marinos de la patria, tanto los que están en activo, como los que pasaron a reserva después de haber entregado la mejor parte de sus vidas a México; ya que sin su labor y responsabilidad difícilmente podrían fructificar la vida democrática y la posibilidad de mayor bienestar que merecen los mexicanos.

Y precisamente este deber ético-político de la representación nacional y el gobierno con las Fuerzas Armadas Mexicanas, sólo se cumple a cabalidad, además del justo homenaje y reconocimiento que la patria y los órganos del Estado le rinden permanentemente, a través de la promulgación de leyes y la implementación de políticas públicas que mejoren las condiciones de vida de los soldados y de sus familias, en claro cumplimiento a las garantías sociales consagradas en el artículo 123 de la Constitución general de la república; cuyo mejor fortalecimiento lo constituyen, entre otros, el pleno reconocimiento del derecho social a una pensión de retiro digna y suficiente, acorde con la lealtad y dedicación con que sirvieron al pueblo y al Estado mexicano durante la mayor parte de sus vidas, en la que pusieron por delante su amor a México, aún por encima de sus intereses legítimos personales y familiares.

El cumplimiento pleno del derecho social a una pensión digna y suficiente, se ha visto incrementado gradualmente a lo largo de la historia moderna del país. Son de mencionarse los esfuerzos realizados por los Poderes Legislativo y Ejecutivo en la iniciativa legislativa que prosperó en el año de 1998, gracias a la cual se otorgó el beneficio de la denominada "ayuda para militares retirados" la cual, si bien todavía insuficiente, fue un avance en ese entonces pues era el equivalente al sobrehaber mínimo vigente para los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas en el activo, aunque no fue extensiva a los pensionados ni a los familiares derechohabientes en caso de muerte del militar, ya sea en situación de retiro o en el activo.

Por su importancia, destacan también las iniciativas que pretendían reformar la ley de la materia, presentadas por un grupo de legisladores y el titular del Poder Ejecutivo federal en el año 2002, a partir de las cuales se aprobó, el 15 de diciembre...

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