Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para establecer que los antecedentes de violencia de género sean una causal para negar el otorgamiento de la licencia de portación de armas., de 4 de Noviembre de 2021

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, Elizabeth Pérez Valdez, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en el ejercicio de la facultad que conferida por los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de licencias de portación de armas, bajo el siguiente

Planteamiento del problema

La violencia de género es un problema que, en nuestro país se ha venido agravando en los últimos años, pese a los múltiples esfuerzos institucionales y de la sociedad civil que se han venido desarrollando. La exigencia de las colectivas feministas por la erradicación de los feminicidios y por la justicia para las víctimas, ha desbordado todos los mecanismos por los cuales los gobiernos han intentado disminuir los índices de la violencia contra las mujeres. Al mes de agosto de 2021, en el sexenio del presidente López Obrador, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 10 mil 473 mujeres han muerto en circunstancias violentas, por lo que la acción del Estado debe ser integral y prevenir las acciones que pudieran derivar en violencia, desde todas las aristas. El que una persona tenga antecedentes de violencia familiar, doméstica o de género debe ser motivo suficiente para negar la licencia o, en su caso, revocar el permiso para portar y poseer armas de fuego, porque debemos realizar una ponderación estricta del derecho establecido en el artículo 9o. de nuestra Constitución y la protección a la vida y a una vida libre de violencia que tienen las mujeres.

Argumentación

La violencia de género y su máxima expresión, el feminicidio, es una problemática que, pese a los esfuerzos institucionales, va en aumento en nuestro país. Las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres han sido declaradas en: Estado de México: Se declaró el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcalli. Morelos: Se declaró el 10 de agosto de 2015 para ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec. Michoacán: Se declaró el 27 de junio de 2016 para 14 municipios: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huétamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío. Chiapas: Se declaró el...

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