Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte., de 13 de Enero de 2021

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES

La que suscribe, Olga Patricia Sosa Ruiz, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, con base en la siguiente Exposición de Motivos

La Ley General de Cultura Física y Deporte dispone en el artículo 139 la creación de una comisión especial contra la violencia en el deporte, encargada de establecer las políticas generales contra la violencia en el deporte; la primera atribución como queda establecido en el artículo 140, es la prevención contra la violencia y la promoción de la cultura de la paz.

Esta Ley reformó en el año 2018 la integración de la Comisión Especial que desde ese momento quedó integrada por representantes de la Conade, de los órganos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, de las asociaciones deportivas nacionales, COM, Copame, Conde, ligas profesionales y comisiones nacionales de deporte profesional; todos coordinados por la Conade.

El actuar de dicha comisión está regulado por el Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte y cabe señalar que en la fracción V del artículo 140, se observa que, los lineamientos que permitan hacer cumplir los acuerdos o convenios de colaboración entre los tres niveles de gobierno, deben estar alineados con las políticas de Protección civil y las medidas necesarias para prevenir la violencia en los eventos deportivos.

La actual Ley General de Protección Civil establece que las brigadas dentro de sus atribuciones (artículo 2, fracción VI) se encuentra la evacuación y el artículo 75 de la citada ley, establece que las unidades de protección civil tienen dentro de sus ámbitos de acción la identificación de zonas de riesgo, así como el control de las zonas de evacuación y zonas afectadas, no establece puntualmente lo correspondiente a los sucesos que puedan...

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