Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo sexual., de 18 de Febrero de 2020

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo sexual, a cargo del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Ulises García Soto, diputado federal, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo XVIII, y los artículos 353 Bis al 353 sexies al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo.

Planteamiento del problema

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 6, numeral 1, determina “los Estados parte en el presente pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado”. 1

Con el reconocimiento legal de la actividad sexual voluntaria y autónoma como trabajo sexual, México estaría cumpliendo con la agenda 2030 del Sistema de las Naciones Unidas a nivel mundial, la cual se focaliza en seguir abogando y promoviendo el tema de inclusión y equidad en un marco de derechos para construir más ciudadanía para las y los mexicanos en este país.

México reconoce el marco jurídico internacional que protege los derechos de toda la población, incluidas las personas dedicadas al trabajo sexual ya que el “hecho de dedicarse al sexo servicio no debe ser motivo para menoscabar de ninguna manera derechos de los que lo ejercen; sin embargo, es frecuente que en la práctica, autoridades gubernamentales pasen por alto sus derechos y se les haga víctimas de persecución o de hostigamiento bajo el pretexto de “alterar el orden público”, “las buenas costumbres” o “la salud pública”. 2

La práctica de la prostitución responde desde su origen a causas económicas, sociales y culturales. En el ámbito económico nos encontramos con irregularidades en el mercado del trabajo sexual, como un fenómeno complejo, en el que las personas que se dedican a ese rubro pueden subsanar los problemas económicos y de desempleo, pero que no dejan de ser consideradas actividades ilegales por carecer de normas que lo regulen, convirtiendo a la actividad económica sexual en parte del mercado negro, en el que fácilmente se pueden dar arbitrariedades tanto laborales como condiciones humanas inapropiadas, soslayando sus derechos a la dignidad, la igualdad, la autonomía, y el bienestar mental y físico debido a los vicios propios del mercado.

Socialmente la prostitución ha sido por muchos años un tema tabú, un problema que permaneció oculto durante largo tiempo, en el que no se mencionaba por miedo a la estigmatización social o al rechazo que pudiera provocar al tratarse de una forma de trabajo comúnmente clasificada como “inmoral”, causando como consecuencia que las y los trabajadoras sexuales estén aún más expuestas a violencia física y emocional sin poder defenderse, al carecer de elementos necesarios para exigir respeto y protección a su labor por no ser reconocida como cualquier otro trabajo, evidenciando un problema grave que exige solución.

La sociedad a menudo olvida “que se trata de personas que sienten y padecen, que son sometidas a una situación de discriminación en la que pierden la dignidad o se la arrancan a base de violencia poniendo en riesgo su salud y su propia vida”. 3 Lo anterior, debe ser tomado en cuenta en el marco de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos, es ineludible para el Estado mexicano, legislar en materia de dignidad humana, bajo el principio pro persona.

La dimensión cultural en el tema de prostitución establece una dicotomía muy marcada durante décadas, por un lado, está la práctica de la prostitución de manera libre y autónoma como medio por el cual las personas de este oficio han subsanados sus necesidades por siglos. Y por el otro, el ente moralista del problema y todo tipo de discriminación hacia la sexoservidora que se acentúa con la censura de los temas que lo rodean como emisora de enfermedades sexuales o por mencionar los más graves están el lenocinio, extorsión, la trata de personas, etcétera.

Según Emilio Muñoz Berruecos, director del Organismo Defensor de Derechos Humanos, las entidades donde más se reclutan mujeres para prostituirlas son Oaxaca, Guerrero, Veracruz, Puebla, Chiapas y Tlaxcala, “son las zonas marginales de éstas y otras entidades un espacio y ambiente probable para el reclutamiento de mujeres”, subrayó. En particular el fenómeno de la trata de personas en Tlaxcala, dijo, “es el efecto de la ausencia de una política pública nacional y particularmente estatal” de prevención. 4

Nuestro país no ha logrado dar solución a los problemas que giran en torno al trabajo sexual y sigue buscando el método más adecuado para que su existencia no provoque problemas graves a la población. En el ámbito jurídico, México ha mantenido un sistema mixto, 5 abolicionista y reglamentarista en cuanto a la prostitución, sin reconocer a la actividad laboral como trabajo sexual libre y autónomo, por lo que se hace necesario replantear el tema sin dejar de lado las características sociales y las necesidades de género de la población.

En algunas entidades federativas como Quintana Roo, Sonora, Morelos o Campeche se emplea el abolicionismo, en el que se castigan los delitos relacionados a la prostitución sin exentar a las personas que se dedican al trabajo sexual de manera autónoma, el seguir manteniendo este sistema podría conducir a que el trabajo sexual se vuelva más riesgosa, menos controlado y a que siga sumergido en un mercado negro, con todas las implicaciones que contraiga a nivel jurídico y de salubridad por el hecho de mantenerlo en la clandestinidad. A su vez existen otros estados de la República que reglamentan en sus leyes estatales de salud a los trabajos o servicios de índole sexual denominándolos como prostitución, por ejemplo Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Chihuahua, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Veracruz, Zacatecas y la Ciudad de México en la Ley de Cultura Cívica. 6

Las decisiones en todos los niveles del gobierno (nacional, regional, local y comunitario) deben garantizar la protección de los derechos humanos de las trabajadoras y los trabajadores sexuales mediante políticas públicas y abstenerse de penalizar el trabajo sexual o aplicarle sanciones y esto solo se puede conseguir implementado un sistema reglamentarista que reconozca legalmente el trabajo sexual en todo el país.

Reconociendo al trabajo sexual como parte de los trabajos especiales contemplados por la Ley Federal del Trabajo, el Estado debe velar por la protección jurídica de los derechos que tienen las y los trabajadores sexuales, al elegir ese oficio de manera libre y autónoma como medio de ingresos personales. Derivada de esa protección, empezarían a disminuir el rezago social que tanto les ha afectado, teniendo que padecer todo tipo de referencias de discriminación y abusos intolerables contra su persona como violaciones sexuales ya que en ocasiones los agresores creen que por el hecho de dedicarse a esa actividad están obligadas a prestar el servicio y si la servidora se niega, el agresor parece considerar que no importa ni es grave forzarla a realizar el acto; y aún más graves están el homicidio, la extorsión, detenciones arbitrarias, desalojo forzoso de sus hogares, hostigamiento, exclusión de los servicios de salud o pruebas de VIH forzadas y a ante estas no hay resarcimiento por vía judicial, por carecer de elementos para garantizar la protección por parte de la autoridad o porque él o la trabajadora sexual tampoco los tiene para poder denunciar y que sea procedente. “Las trabajadoras y los trabajadores sexuales que desempeñan el trabajo sexual sufren agresiones, discriminación e injusticia a manos de la policía, clientes, terceras partes explotadoras que participan en el trabajo sexual, arrendadores, familiares y otros miembros de la sociedad...

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