Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente., de 13 de Junio de 2018

Que reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, recibida de la diputada Elva Lidia Valles Olvera, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 13 de junio de 2018

La que suscribe, Elva Lidia Valles Olvera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en las facultades que confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I y 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 159, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La democracia es una forma de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes.

Es Democracia Participativa, cuando el modelo político permite que los ciudadanos se organicen para ejercer influencia directa sobre las decisiones públicas, es decir, para concurrir con el gobierno en la elaboración y evaluación de políticas públicas.

Queda claro que, en la democracia, es necesaria la participación de los ciudadanos, su injerencia permite controlar y templar el poder de los representantes políticos y de los funcionarios públicos.

La participación ciudadana no es un fin en sí mismo, sino el medio para lograr los equilibrios y consensos necesarios entre los diversos intereses del desarrollo y del medio ambiente. Concluyendo, la participación ciudadana es la intervención organizada de ciudadanos en los asuntos públicos.

En el año de 1948, el derecho a la participación en los asuntos públicos, apareció en la Declaratoria Universal de los Derechos Humanos, el documento estableció que “toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos”.

En 1976, surgió el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que es un tratado multilateral general que reconoce derechos civiles y políticos, y establece que “todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna distinción y sin restricciones indebidas, del derecho y oportunidades de participar en la dirección de los asuntos políticos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

En el año de 1992, la Asamblea General en la...

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