Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, con el fin de imponer una tasa diferenciada a las bebidas con contenido alcohólico protegidas con la denominación de origen y producidos de manera artesanal de acuerdo a la norma oficial mexicana tequila, bacanora y sotol., de 19 de Octubre de 2017

Que reforma y adiciona el artículo 2º de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo de la diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La suscrita Diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, Clemente Castañeda Hoeflich, Salvador Zamora Zamora y Jorge Álvarez Máynez integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, 77 y 78, Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que se somete a consideración de esta H. Asamblea, la siguiente Iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de los siguientes:

EXPOCISIÓN DE MOTIVOS

"La denominación de Origen se le designa a un producto originario de una región específica, cuya calidad y características se deben y son influenciadas por el clima, medio en que se desarrolla, técnica de elaboración, materias primas y otros factores que se suman tanto humanos como naturales, en México tenemos cuatro bebidas alcohólicas, con estas características el Tequila, Mezcal, Bacanora y Sotol, con su denominación de origen se busca proteger a toda una cadena productiva y potenciar el capital humano en esta región protegiendo que no se pueda producir en otra lugar del mundo" 1.

Sin embargo, estamos acabando con la industria nacional, de producción de bebidas alcohólicas y que se encuentran protegidas por la denominación de Origen, por la excesiva carga impositiva a la cual la estamos sometiendo, estas bebidas destiladas tienen un impuesto al valor del 72.5 por ciento, al cual se suma el 16 por ciento del IVA, por lo que en total tiene un gravamen del 88 por ciento.

"Cabe destacar que en 2016 se produjeron 273 millones de esa bebida, de los cuales 30 por ciento fueron para el mercado nacional, mientras que 80 por ciento del tequila exportado se va a Estados Unidos". 2

"Solo en la producción de Tequila en el año 2016 se produjeron 273 millones de litros de esta bebida, y solo el 30 por ciento fueron comercializados para el mercado nacional, mientras que el resto se exporto y de esas exportaciones el 80 por ciento se realizó a los Estados Unidos, por lo que contar con un carga impositiva tan exorbitante resta competitividad y capacidad de producción que se reflejaría en bienestar económico para las regiones que lo producen, con ello se demuestra que no se está incentivando el consumo de bebidas alcohólicas". 3

En sus términos actuales, "la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) establece, en el inciso A) de la fracción I del artículo segundo, que la tasa a aplicar a las bebidas con contenido alcohólico y cerveza" 4 , incluyendo a las que son producidas de...

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