Iniciativa parlamentaria que expide la Ley General de Bienestar Animal; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Federal de Sanidad Animal, General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y General de Vida Silvestre., de 23 de Febrero de 2021

Que expide la Ley General de Bienestar Animal; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Federal de Sanidad Animal, General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y General de Vida Silvestre, suscrita por los diputados José Guadalupe Ambrocio Gachuz y Martha Olivia García Vidaña, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado José Guadalupe Ambrocio Gachuz y la diputada Martha Olivia García Vidaña, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, a la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, fracción I y IV, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados; somete a consideración del Pleno de esta Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Bienestar Animal y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre. Exposición de Motivos

El bienestar animal es un tema que a lo largo de las últimas décadas ha cobrado una relevancia creciente a nivel mundial a raíz de los cada vez más numerosos y contundentes estudios e investigaciones que se han realizado y evidenciado las capacidades sensoriales que poseen los animales.

Ello ha propiciado una tendencia a la que cada vez más países se han sumado de expedir ordenamientos jurídicos orientados a promover el bienestar de los animales, por lo que actualmente, países como Estados Unidos, Alemania, Austria, Suiza, Francia, entre muchos otros, cuentan con un marco jurídico específico en materia de bienestar animal.

Lo anterior responde a su vez a la responsabilidad ética que poseemos los seres humanos, quienes debemos proveer a los animales de las condiciones mínimas necesarias para garantizar su bienestar.

Estos avances se deben en gran parte, a la labor promovida por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), organismo intergubernamental responsable de la elaboración de normas en materia de bienestar animal a nivel internacional.

Dicho organismo promueve entre sus miembros, de los cuales México forma parte, la Estrategia Mundial de Bienestar Animal, cuyo objetivo es: “ lograr un mundo en el que el bienestar de los animales se respete, promueva y avance, de manera que complemente la búsqueda de la sanidad animal, el bienestar humano, el desarrollo socioeconómico y la sostenibilidad del medio ambient e” 1 .

La OIE también reconoce que el bienestar animal se trata de un tema complejo que abarca múltiples dimensiones científicas, éticas, económicas, culturales, sociales, medioambientales, religiosas y políticas, lo cual dificulta la tarea de crear un ordenamiento que sea capaz de contemplar todos estos aspectos.

México, como país miembro de la OIE y anfitrión de la Estrategia Mundial de Bienestar Animal, no puede ser ajeno ni ignorar esta demanda ante el creciente y legítimo interés por parte de consumidores, especialistas, activistas, autoridades, legisladores, empresarios, líderes de opinión, poseedores y responsables de animales y la ciudadanía en general, por garantizar el bienestar de todos los tipos de animales mediante la creación y actualización de un marco jurídico nacional.

En ese sentido, la OIE establece que las directrices que la guían en materia de bienestar animal incluyen las Cinco Libertades desarrolladas por el británico Roger Brambell en 1965 para describir las responsabilidades de los seres humanos sobre los animales. Es decir, que los animales vivan: • Libres de hambre, de sed y de desnutrición. • Libres de temor y de angustia. • Libres de molestias físicas y térmicas. • Libres de dolor, de lesión y de enfermedad. • Libres de manifestar un comportamiento natural.

Ante la importancia y seriedad que amerita el tema, la presente iniciativa parte de las disposiciones y principios internacionales establecidos por la OIE sobre el tema, inclusive, incorpora en su definición de bienestar animal las directrices establecidas en las cinco libertades, en virtud de que se trata del organismo compuesto por los especialistas más reconocidos a nivel mundial, quienes tras largos procesos de deliberación colegiada, de manera objetiva y con base en evidencia científica, establecen las directrices más vanguardistas a fin de preservar el estado físico y mental de los animales en relación con las condiciones en las que viven y mueren.

El Congreso de la Unión ha legislado en los últimos años sobre diversos temas relacionados con el bienestar animal; sin embargo, estos esfuerzos han resultado insuficientes para atender los grandes problemas nacionales en la materia, toda vez que se han establecido de forma aislada y parcial en la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Vida Silvestre. Ello ha tenido como resultado la ausencia de una definición clara de las atribuciones y facultades que corresponden a cada uno de los órdenes de gobierno sobre el tema, además de que la carencia de un ordenamiento específico sobre bienestar animal también ha propiciado el arraigo de conductas irresponsables, resultado de la falta de información y de la negligencia, lo cual se aprecia de manera común en el territorio nacional.

Por lo anterior, la presente propuesta representa una oportunidad única para establecer un ordenamiento integral que sirva como eje rector del marco jurídico para los tres niveles de gobierno y de las políticas públicas que se impulsen en la materia, atienda las lagunas legales existentes y establezca facultades claras, medidas y procedimientos generales adecuados para todas las especies del reino animal en el territorio nacional.

Ahora bien, de acuerdo con las necesidades, características, tipo y función zootécnica de todos los animales, para así garantizar su trato digno, una de las premisas fundamentales por las que resulta necesario expedir este marco jurídico es reconocer el valor ecológico y la dignidad de los animales como seres vivos y, al mismo tiempo, la relevancia del aprovechamiento sostenible de los mismos, en función de los cinco grupos de animales considerados: “ Animales de compañía, animales de producción, animales de investigación y enseñanza, animales de trabajo y los animales para deportes, espectáculos y exhibición”.

Aunado a lo anterior, la mayoría de los países del mundo se han sumado a esta tendencia, incluyendo nuestros principales socios comerciales, por lo que muy probablemente en un futuro próximo, las disposiciones en materia de bienestar animal continuarán adquiriendo cada vez mayor importancia, al grado de formar un aspecto determinante para el comercio exterior. México debe anticiparse a este escenario y poder acreditar el cumplimiento de prácticas de bienestar animal, para evitar afectaciones o restricciones a las exportaciones de las industrias del sector pecuario; en el cual el bienestar animal juega un papel muy importante ya que la producción de alimentos de origen animal en condiciones que no atienden los requisitos de bienestar puede originar la presencia de enfermedades o estrés, lo cual se ve reflejado directamente en la sanidad animal y la calidad de la producción, de ahí que en este instrumento busque establecer las condiciones necesarias para que se cumpla con las disposiciones que aseguren el bienestar animal sin comprometer el abasto, la calidad y la sanidad de los productos de origen animal.

Asimismo, el ordenamiento está diseñado de forma tal que permite complementarse con la normatividad vigente establecida por la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Vida Silvestre.

Es necesario reconocer el enorme esfuerzo que han realizado diversos congresos locales por expedir legislaciones sobre este tema tan trascendental. Es precisamente en atención a estos importantes avances que la presente iniciativa de Ley, al ser de carácter General, busca proporcionar un marco de referencia para la promoción del bienestar animal por los tres niveles de gobierno, estableciendo claramente las distintas facultades y competencias que le corresponden a cada uno, respetando su soberanía sin imponer nuevas prohibiciones.

En este sentido, el proyecto servirá como referencia para que las legislaturas de cada una de las entidades del país emitan sus propias leyes sobre bienestar animal o adapten las que ya tienen, de modo que cada estado tenga la posibilidad de adecuar su marco jurídico de acuerdo con la realidad que enfrenta.

Asimismo, para evitar contravenir los marcos jurídicos locales ya establecidos y, por el contrario, enriquecer su contenido, la presente iniciativa contempló en su análisis y elaboración, las disposiciones más representativas de cada entidad, como la establecida en la Constitución Política de la Ciudad de México, donde considera a los animales como seres sintientes, según lo señala su artículo 13 apartado B: “ Esta Constitución reconoce a los animales como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir trato digno. En la Ciudad de México toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales”.

En este tenor y con el objetivo de que la presente propuesta de Ley se constituya como un ordenamiento de vanguardia, de conformidad con establecido por la OIE, se retoma este importante avance inscrito en la Constitución Política de la Ciudad de México, considerando así a los animales como seres sintientes y, al mismo tiempo, como elementos naturales susceptibles de apropiación, tal y como lo establece el artículo 27 Constitucional que tiene como objetivo primordial el de garantizar su protección.

El bienestar animal se trata de un tema por demás complejo, de alta relevancia y con enormes implicaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR