Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo segundo transitorio a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019., de 12 de Febrero de 2019

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo segundo transitorio a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, presentada por el senador Miguel Ángel Navarro Quintero, del Grupo Parlamentario de Morena Ciudad de México, a 22 de enero de 2019. Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Comunico a ustedes que, en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2018, el senador Miguel Ángel Navarro Quintero, del Grupo Parlamentario Morena, presentó iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo segundo transitorio a la Ley de Ingresos de la Federación para 2019.

Con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se turnara a la Cámara de Diputados. Atentamente Senadora Antares Guadalupe Vázquez Alatorre (rúbrica) Secretaria

Honorable Asamblea:

El que suscribe, senador Miguel Ángel Navarro Quintero, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Morena, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8, apartado 1, fracción 1; 164 y 172 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno de la Cámara de Senadores la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un segundo transitorio a la Ley de ingresos presentada por el titular del Ejecutivo Federal, a razón de la siguiente: Exposición de Motivos

El Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), destaca por ser el instrumento internacional más importante en el reconocimiento a los derechos mínimos para los trabajadores en la materia de seguridad social, como son: la asistencia médica, las prestaciones monetarias de enfermedad, el desempleo de vejez y familiares de maternidad, para construir sociedades más solidarias, inclusivas y equitativas. 1 Sobre el particular la presente iniciativa busca revisar la situación que guardan las Universidades públicas del país, con relación a su situación de seguridad social, a efecto de garantizar su viabilidad financiera, en el entero de los recursos que en materia de seguridad social se requieren.

Para la OIT, los sistemas de seguridad social prevén ingresos básicos en caso de desempleo, enfermedad y accidente laboral, vejez y jubilación, invalidez, embarazo, cuidado de los hijos y pérdida del sostén de la familia. En este contexto, a continuación se presentan algunos indicadores relevantes del sistema de seguridad social a nivel federal en México, en términos de cobertura, ingresos y presupuesto.

El sistema de seguridad social en México está a cargo de entidades o dependencias públicas, federales o locales y de organismos descentralizados mediante los cuales se busca garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Secretaría de Salud cubren al mayor número de la población beneficiada por la seguridad social. Cabe destacar que la cobertura de la Secretaría de Salud se orienta prioritariamente al servicio médico.

Al cierre de 2012, aproximadamente 6 de cada 10 personas ocupadas, no cuentan con acceso a instituciones de salud. En 2010, sólo 2 de cada 10 adultos mayores tuvieron acceso a una pensión.

El 63.7 por ciento de las personas que se encuentran en el mercado laboral no están registradas en el IMSS o en el ISSSTE. Los trabajadores independientes, empleadores, los trabajadores por cuenta propia y los trabajadores subordinados no remunerados están. excluidos del sistema de seguridad social vinculado al trabajo.

En el primer trimestre de 2012, del total de personas a las que su trabajo no les brinda acceso a las instituciones de salud (30.8 millones de personas), sólo 12.7% están cubiertas por el Seguro Popular.

Ingresos presupuestarios

Para 2013, el 87% de los ingresos propios del IMSS provienen de Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores.

Los ingresos del IMSS crecerán a una tasa media de crecimiento anual de 1.5% entre 2013 y 2050; mientras que el gasto lo hará a una tasa media de 2.2%. Al 2011, se tiene registrados 28.5 millones de personas físicas sin actividad empresarial ante el SAT y 15.3 millones de trabajadores ante el IMSS. Del total de recaudación de ISR, el 49.7% corresponde al rubro de retenciones por salarios (trabajadores).

Cobertura de la seguridad social

El sistema de seguridad social en México está a cargo de entidades o dependencias públicas, federales o locales y de organismos descentralizados mediante los cuales se busca garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión.

De conformidad con la Ley del Seguro Social, la afiliación al IMSS comprende dos tipos de regímenes, el Obligatorio y el Voluntario. Los esquemas de prestaciones y requisitos de acceso, así como el financiamiento, son diferentes en cada caso: i) En el Régimen Obligatorio una persona es...

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