Iniciativa parlamentaria que adiciona el artículo 130 Bis a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de derecho ambiental., de 12 de Diciembre de 2017

Que adiciona el artículo 130 Bis a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a cargo de la diputada Laura Mitzi Barrientos Cano, del Grupo Parlamentario del PRI

Laura Mitzi Barrientos Cano, diputada federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía , la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 130 Bis de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia del derecho ambiental.

Planteamiento del problema

La legislación forestal en México se ha desarrollado en etapas, que han sido marcadas por las necesidades sociales que se viven, resultado de políticas públicas trazadas por el Gobierno Federal y en algunos casos por los gobiernos de las entidades federativas.

Las políticas públicas que han respondido principalmente a propósitos simples de manejo, dirigidos a la conservación, saneamiento, producción y protección forestal. Sin embargo, la actual legislación forestal carece de elementos que fortalezcan los aprovechamientos responsables y los métodos de mitigación hacia los elementos eco sistémicos, provocando el deterioro de los recursos forestales y biodiversidad.

El manejo de los ecosistemas debe ser de forma responsable y multidisciplinaria, acorde con la intensidad de la actividad humana y de la integridad del ecosistema a manejar, especialmente en escenarios, en los que las perturbaciones humanas o naturales han generado un cambio drástico en la cobertura del suelo, inhibiendo el proceso de regeneración.

Las transformaciones ambientales producto de actividades humanas han ejercido presiones sobre los ecosistemas, como el cambio de uso del suelo, la explotación de los recursos forestales y los incendios inducidos, las cuales pueden tener un efecto sinérgico con otros recursos naturales, para ello, la política actual indica que es necesario restaurar; en donde la restauración es concebida como el proceso a través del cual se recuperará la cubierta forestal árboles explotables a futuro, mejorando la capacidad productiva de los terrenos forestales, y no sus funciones ecológicas ni su diversidad biológica. Dicha restauración debe contemplar la conservación y generación de los servicios ecosistémicos, como: la protección de los suelos, las cuencas hidrográficas, la existencia de flora y fauna silvestre, el control del clima, entre otras.

Exposición de argumentos

  1. Legislación en Materia Forestal.

El derecho humano a un medio ambiente sano, del que deriva gran parte de la legislación forestal mexicana, es reconocido en el artículo 4 o de la Constitución Política Mexicana:

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizara el respeto a este derecho. El daño y deterioro...

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