Iniciativa nº 420, la Ciudadana Diputada Elsa Amabel Landín Olivares, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa por la que se reforman el párrafo segundo del artículo 127; así como las fracciones I y II: y se adiciona un párrafo segundo al artículo 135 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes.

Número de Iniciativa420
Fecha de presentación05 Marzo 2020
EstatusArchivo definitivo
LegislaturaLXIV Legislatura
tierrushano Garranza Garza
CENTENARIO LUCTIXW
xF
ESTADO WATT
DE AGDASCATITT4TTS
PODEATEDISSATIVO
EXIV
LEGISLATURA
H. CONGRESO DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES
DE LA. PARIDAD DE GÉNERO
ASUNTO: Se presenta Iniciativa.
HONORABLE SEXAGÉSIMA CUARTA
LEGISLATURA DEL CONGRESO
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
PRESENTE.
H,
CONM50 DE: Esrano DE
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GENE
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5 CIAR, 2020
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FOJ.
ELSA AMABEL LANDÍN OLIVARES,
diputada integrante de la
Sexagésima Cuarta Legislatura; con fundamento en los artículos 30 fracción
I
153, de su Reglamento; someto ante la recta consideración de esta Honorable
Soberanía, la
"Iniciativa por la que se reforman el párrafo segundo del
artículo 127; así como las fracciones Iy Hy se adiciona un párrafo segundo
al tenor
de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La sustracción de un menor de edad o la privación ilegal de su libertad
para retenerlo con la finalidad de cometer sobre él otros delitos o someterlo
como instrumento de diversas conductas delictivas debe ser castigado de
manera más severa.
Se denomina sustracción, retención u ocultamiento ilícito a la separación
unilateral e injustificada de una niña, niño o adolescente de la persona que
legalmente detenta su guarda y custodia, ocultándolo o trasladándolo lejos de
su lugar de residencia habitual.
Iniciativa para el incremento de penas en delitos de privación de la libertad y sustracción demen ores de edad

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