Iniciativa nº 104, el Ciudadano Diputado CUAUHTÉMOC CARDONA CAMPOS, integrante del grupo parlamentario del Partido Movimiento Regeneración Nacional MORENA, presenta la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Protección a Empleadas Domésticas del Estado de Aguascalientes, en materia de Igualdad y Prevención de la Violencia Laboral a las Mujeres.

Número de Iniciativa104
Fecha de presentación27 Febrero 2019
EstatusArchivo definitivo
LegislaturaLXIV Legislatura
LXIV LEGISLATURA
H.
CONGRESO DEL ESTADO
DEAGUASCAUENTES
11
DRJESEIS
DÍAZ DE LEÓN
CENTENARIO LUCTUOSO
ESEADO LIBREY SOBERANO
DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
LA LECISLAI:IUFIA LXIV
DE LA PARIDAD DE GÉNERO
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27 FEO, 2019
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Diputado
CUAUHTÉMOC CARDONA CAMPOS,
integrante del grupo
parlamentario del Partido Movimiento Regeneración Nacional MORENA, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 30, fracción l de la Constitución
Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes, someto a la consideración de
esta Honorable Soberanía,
LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR
EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE PROTECCION A EMPLEADAS DOMESTICAS
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, EN MATERIA DE IGUALDAD Y
PREVENCION DE LA VIOLENCIA LABORAL A LAS MUJERES,
al tenor de la
siguiente:
INTEGRANTES DE LA LXIV LEGISLATURA DE
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES.
P R E S E N T E.
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DE
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-
CiUNERAL
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-
1r)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Discriminación y Trabajo Doméstico.
En la contracultura del machismo que todavía prevalece en amplios sectores de la
población en México y que alcanza a Aguascalientes, sin importar niveles bajos o
altos de ingresos, se considera que a la mujer, por el solo hecho de serlo, le
corresponde llevar a cabo las tareas del hogar, que comprenden la limpieza y el
cuidado tanto de los hijos en especial si son niños, niñas y adolescentes como de
WIRY LEGISLATURA
N. CONGRESO DEL ESTADO
DE AGUASCAUENTES
I&
DRIESÚS
DÍAZ DE LEÓN
ESTADO LIBRE Y SORERKNO
DE AGUASCALIINTIS
PODER LEGISLATIVO
CENTENARIO LUCTUOSO
las personas adultas mayores. Esta labor titánica la han de realizar las mujeres sin
percibir retribución económica alguna, pues de acuerdo a los antivalores de la
desigualdad, el único que puede plantearse y desarrollar un plan de vida
dedicándose al oficio, actividad o profesión que más le acomode es el hombre.
Bajo esta óptica, a la mujer toca el hogar y al hombre el trabajo. La expansión de
la educación básica en nuestro país así como la política deliberada de contención
de sueldos con la finalidad de atraer inversión extranjera en los últimos 50 años,
hicieron que la remuneración de los varones ya no alcanzara y tuvieron por
consecuencia que paulatinamente las mujeres salieran en busca de trabajos para
contribuir al sostenimiento de la familia pero conservando a su cargo las tareas del
hogar. Las circunstancias anteriores han dado lugar a que el trabajo doméstico
sea considerado una actividad propia en especial de las mujeres, con condiciones
laborales laxas y aguda invisibilidad social. En otras palabras, la discriminación
ancestral de que es víctima la mujer marca las condiciones en que se desenvuelve
el trabajo doméstico haciendo de las empleadas del hogar un grupo vulnerable
con alta exposición al riesgo de sufrir diversos tipos de violencia, entre las cuales
destacan la laboral y la sexual.
Gracias a la disponibilidad de otras fuentes de empleo, en particular en comercios
y maquiladoras, se ha logrado una ligera mejoría en las percepciones de las
trabajadoras domésticas pues en promedio perciben ingresos de $200 por una
jornada laboral de cuatro a ocho horas. Este nivel de sueldo es más o menos
equivalente a las actividades mencionadas pues en el comercio y la industria por
lo general la
"raya"
semanal para dependientas y obreras oscila entre $800 y
$1,000. Este salario generalizado no alcanza para cubrir las necesidades básicas
de la trabajadora doméstica, muchas veces jefas de familia, y sus hijos. Por ello,
ante la insensibilidad de muchos patrones, las empleadas domésticas se ven
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