Iniciativa del Estado de Colima. (relativa a reformar el segundo párrafo del artículo 6º y la fracción V, al artículo 7º; así como adicionar una fracción VI al artículo 7o, haciéndose el corrimiento respectivo de la fracción VI que ahora pasa a ser la fracción VII, todos de la Ley para Regular la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas.- Se turnó el 1º de abril de 2014)

Año2014
Estatusclosed
Autor de la iniciativaIniciativa presentada por el Diputado Oscar A. Valdovinos Anguiano y suscrita por los integrantes de los grupos parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza
EmisorHacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos
“AÑO 2014, COLIMA CAPITAL AMERICANA DE LA CULTURA”
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CC. SECRETARIOS DEL CONGRESO DEL ESTADO
P R E S E N T E.-
El suscrito Diputado Oscar Valdovinos Anguiano y demás integrantes del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, así como los integrantes del
Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, de la Quincuagésima Séptima
Legislatura del H. Congreso del Estado, en ejercicio de la facultad que nos confieren los
Colima; 22, fracción I, 83, fracción I, y 84, fracción I, de la Ley Orgánica delPoder
Legislativo; y 126 y 127 del Reglamento de la mencionada Ley; me permito presentar a
la consideración del Honorable Congreso del Estado la presente Iniciativa de Ley con
Proyecto de Decreto para reformar Ley para Regular la Venta y Consumo de Bebidas
Alcohólicas, en los términos siguientes:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El desarrollo y crecimiento de los pueblos es una de las metas de toda administración
gubernamental, por lo que se implementan las acciones y políticas públicas
encaminadas a la generación de empleos mediante la instalación de empresas con
fines comerciales o de servicios.
De esta manera, surge la necesidad de regular la instalación de las citadas empresas,
esto, con el fin de que el crecimiento de la ciudad sea de una manera armónica y
ordenada, que le permita a la sociedad generar un adecuado ambiente y convivencia
social.
Ante ello, los establecimientos comerciales dedicados a la venta de bebidas alcohólicas
en el Estado, cuentan con una normatividad específica que regula su instalación, así
como la venta y consumo de este tipo de bebidas. El tema merece un ordenamiento
particular por el impacto social que generan este tipo de establecimientos, porque en
algunos casos pueden ser perturbadores del orden social si no respeta las
disposiciones existentes en la materia.
En los diferentes municipios del Estado, existe un crecimiento acelerado de la
instalación de establecimientos como con venta y consumo de bebidas alcohólicas,
tales como bares, centros nocturnos, centros botaneros, cabarets, entre otros. Ante
esta situación, los ayuntamientos han aprobado reglamentos en la materia, con el fin de
continuar con el debido orden en el crecimiento de la ciudad sin que ello afecte la
inversión en sus municipios.
No obstante lo anterior, existen áreas en los diversos municipios, que por así permitirlo
la normatividad, se encuentran saturados por la presencia de establecimientos

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